Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio por el termino de diez años contados desde el día en que obtengan su carta de ciudadanía.
BOLIVIA
Artículo 8.- Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales:
De acatar y cumplir la Constitución y las leyes de la República.
De trabajar, según su capacidad y posibilidades, en actividades socialmente útiles.
De adquirir instrucción por lo menos primaria.
De contribuir, en proporción a su capacidad económica, al sostenimiento de los servicios públicos.
De asistir, alimentar y educar a sus hijos menores de edad, así como de proteger y socorrer a sus padres cuando se hallen en situación de enfermedad, miseria o desamparo.
De prestar los servicios civiles y militares que la Nación requiera para su desarrollo, defensa y conservación.
De cooperar con los órganos del Estado y la comunidad en el servicio y la seguridad sociales.
De resguardar y proteger los bienes e intereses de la colectividad
Respuesta:
Explicación:
Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio por el termino de diez años contados desde el día en que obtengan su carta de ciudadanía.
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Artículo 8.- Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales: