En enero de 2020 entraron en vigencia una serie de modificaciones al régimen laboral agrario, contenidas en el Decreto de Urgencia n.o 043-2019 y el Decreto Supremo n.o 006-2020-MINAGRI. Ambas incrementaron los derechos laborales agrarios y los equipararon, en gran medida, a los del régimen general laboral, con precisiones sobre la remuneración diaria agraria, respecto a los conceptos incluidos (CTS y gratificaciones legales).
En concordancia, se detalla el siguiente cuadro comparativo con las modificaciones recientes a los derechos laborales de los trabajadores agrarios. A su vez, se efectúa una comparación con el régimen laboral general de la actividad privada.
Respuesta:
En enero de 2020 entraron en vigencia una serie de modificaciones al régimen laboral agrario, contenidas en el Decreto de Urgencia n.o 043-2019 y el Decreto Supremo n.o 006-2020-MINAGRI. Ambas incrementaron los derechos laborales agrarios y los equipararon, en gran medida, a los del régimen general laboral, con precisiones sobre la remuneración diaria agraria, respecto a los conceptos incluidos (CTS y gratificaciones legales).
En concordancia, se detalla el siguiente cuadro comparativo con las modificaciones recientes a los derechos laborales de los trabajadores agrarios. A su vez, se efectúa una comparación con el régimen laboral general de la actividad privada.