A GOZAR DE TODOS LOS DERECHOS QUE RECONOCE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR EL ESTADO MEXICANO.
El artículo primero de la Constitucional Nacional reconoce de manera amplia (sin excepción) el derecho de toda persona de gozar de los derechos reconocidos por el Estado Mexicano en la Constitución Política Nacional y en los instrumentos internacionales suscritos por este.
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Respuesta:
abajo ¯\_(ツ)_/¯
Explicación:
DERECHOS DE LOS MIGRANTES
A GOZAR DE TODOS LOS DERECHOS QUE RECONOCE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR EL ESTADO MEXICANO.
El artículo primero de la Constitucional Nacional reconoce de manera amplia (sin excepción) el derecho de toda persona de gozar de los derechos reconocidos por el Estado Mexicano en la Constitución Política Nacional y en los instrumentos internacionales suscritos por este.