Pienso que estos artículos tratan de los derechos y deberes sociales o económicos contemplados en las leyes de la Constitución Política del Perú, así como lo es el derecho a la protección a la salud, al medio ambiente sano, de igual forma, a la integración de los pueblos indígenas en estas contemplaciones constitucionales.
Deberes y Derechos de los Peruanos (en el Texto)
Es de vital importancia que entendamos desde un visión amplia las contemplaciones constitucionales que están escritas en nuestra Carta Magna, en este sentido analicemos los 3 artículos implícitos en el texto de referencia.
Derecho a la salud: representa el derecho que tenemos a la salud los peruanos como un elemento clave para mejorar nuestra calidad de vida, el respeto a la dignidad e integración de individuos con discapacidades especiales; para eso se han creado organismos competentes como el SIS, para hacer cumplir ese derecho de manera asequible para los peruanos. Presentamos un fragmento de este articulo:
Artículo 7.
"Derecho a la salud. Protección al discapacitado Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa".
Derecho y Deber a un Ambiente Sano: nos explica que tenemos el derecho y deber fundamental a crecer y desarrollarnos en un ambiente saludable y propicio para una buena calidad de vida y que también tenernos la responsabilidad de cuidarlo y protegerlo como ciudadanos ejemplares; asimismo, el Estado proporcionará los recursos y estructuras necesarios para que esto funcione, tal y como lo establece:
Ley General del Ambiente Nº 28611:
"el Estado fomenta el tratamiento de las aguas residuales con fines de su reutilización, considerando como premisa la obtención de la calidad necesaria para su reúso, sin perjudicar la salud humana, el ambiente o las actividades en las que se reutilizarán".
Seguridad Social y Salud: en el tercer fragmento del texto, están contemplados los artículos 24 y 25 de la Constitución Política del Perú y de la integración de los pueblos indígenas al goce de estos derechos. Estos artículos expresan los derechos de los trabajadores, a su remuneración equitativa y justa, así como también, a la garantía y protección que el Estado debe ofrecer a los Obreros para que esto se haga cumplir. veamos un fragmento de ambos artículos.
Artículo 24
"El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador".
Artículo 25
"Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso".
Aprende más acerca de la Constitución el Perú en: https://brainly.lat/tarea/2672948
Respuesta:
Que es bueno de que esos artículos existan ya que así podríamos tener una guía y una manera de cuidar de nuestra salud
Explicación:
Si está mal te pido disculpas y si no dame mi corona xd
Pienso que estos artículos tratan de los derechos y deberes sociales o económicos contemplados en las leyes de la Constitución Política del Perú, así como lo es el derecho a la protección a la salud, al medio ambiente sano, de igual forma, a la integración de los pueblos indígenas en estas contemplaciones constitucionales.
Deberes y Derechos de los Peruanos (en el Texto)
Es de vital importancia que entendamos desde un visión amplia las contemplaciones constitucionales que están escritas en nuestra Carta Magna, en este sentido analicemos los 3 artículos implícitos en el texto de referencia.
Artículo 7.
"Derecho a la salud. Protección al discapacitado Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa".
Ley General del Ambiente Nº 28611:
"el Estado fomenta el tratamiento de las aguas residuales con fines de su reutilización, considerando como premisa la obtención de la calidad necesaria para su reúso, sin perjudicar la salud humana, el ambiente o las actividades en las que se reutilizarán".
Artículo 24
"El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador".
Artículo 25
"Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso".
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