A partir de ese día, el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.
Respuesta:
A partir de ese día, el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.
Explicación: