Los contratos deben tener un contenido mínimo: – Los datos de la empresa y del trabajador. – La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración, si es temporal. – Las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la empresa.
Respuesta:
Explicación:
Los contratos deben tener un contenido mínimo: – Los datos de la empresa y del trabajador. – La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración, si es temporal. – Las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la empresa.