En lo dispuesto por la Resolución 396 del 2015, en su artículo 7°, se modifican, a partir del mes de Marzo de 2016, los límites mínimo y máximo a que se refiere el art.9° de la ley 24241 para el cálculo de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
En lo dispuesto por la Resolución 396 del 2015, en su artículo 7°, se modifican, a partir del mes de Marzo de 2016, los límites mínimo y máximo a que se refiere el art.9° de la ley 24241 para el cálculo de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Los límites se fijan en:
*Límite mínimo ..................... $ 1724,88
* Límite máximo .......................$ 56057,93