Los medios jurídicos de solución pacífica de las controversias internacionales son el arbitraje y la solución judicial (justicia internacional), ambos terminan con la decisión obligatoria de un Tribunal, pero con la diferencia que en el arbitraje las Partes constituyen el Tribunal, escogen los árbitros y convienen el procedimiento; y en el arreglo judicial se presupone la existencia de un Tribunal o Corte Permanente preconstituido que tiene sus propios jueces y reglas de procedimiento.
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Los medios jurídicos de solución pacífica de las controversias internacionales son el arbitraje y la solución judicial (justicia internacional), ambos terminan con la decisión obligatoria de un Tribunal, pero con la diferencia que en el arbitraje las Partes constituyen el Tribunal, escogen los árbitros y convienen el procedimiento; y en el arreglo judicial se presupone la existencia de un Tribunal o Corte Permanente preconstituido que tiene sus propios jueces y reglas de procedimiento.
Espero te haya ayudado :D