La Asamblea de hombres libres de Esparta era el poder supremo del Estado en Esparta. Fue establecida por Licurgo y tenía el poder de aceptar o rechazar las leyes y decretos propuestos primero por los reyes y más tarde por el consejo de la Gerusía.
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frankthefriend00
y con más texto para que no fuera tan corto >:v
La Asamblea de hombres libres de Esparta era el poder supremo del Estado en Esparta.
Fue establecida por Licurgo y tenía el poder de aceptar o rechazar las leyes y decretos propuestos primero por los reyes y más tarde por el consejo de la Gerusía. No tenía iniciativa legislativa y sólo podía aprobar lo que ya estaba hecho sin ninguna modificación, o rechazarlo totalmente.
De la asamblea de hombres libres de Esparta formaban parte todos los ciudadanos espartanos por encima de los treinta años. A la asamblea sólo se podían dirigir los más altos magistrados, principalmente los reyes y los éfores, excepto aquel que estuviera llamado. Se organizaban asambleas ordinarias cada luna llena, y extraordinarias cuando hacía falta por causas excepcionales. El sistema de voto era por aclamación. Las asambleas se hacían en un lugar concreto al oeste de la ciudad. La asamblea podía proclamar la guerra, hacer la paz, y acordar armisticios; los acuerdos de éfores y reyes con estados extranjeros tenían que ser ratificados por la asamblea.
En tiempos más recientes, probablemente después del siglo III a. C., existió la pequeña asamblea, que se convocaba cuando el asunto a tratar era de importancia secundaria y no era necesario convocar la asamblea general. Esta asamblea menor la formaban algunos magistrados y ciudadanos de clase superior, y cada vez se fue convocando más a menudo llegando casi a suplantar a la gran asamblea.
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La Asamblea de hombres libres de Esparta era el poder supremo del Estado en Esparta. Fue establecida por Licurgo y tenía el poder de aceptar o rechazar las leyes y decretos propuestos primero por los reyes y más tarde por el consejo de la Gerusía.
Respuesta:
La Asamblea de hombres libres de Esparta era el poder supremo del Estado en Esparta.
Fue establecida por Licurgo y tenía el poder de aceptar o rechazar las leyes y decretos propuestos primero por los reyes y más tarde por el consejo de la Gerusía. No tenía iniciativa legislativa y sólo podía aprobar lo que ya estaba hecho sin ninguna modificación, o rechazarlo totalmente.
De la asamblea de hombres libres de Esparta formaban parte todos los ciudadanos espartanos por encima de los treinta años. A la asamblea sólo se podían dirigir los más altos magistrados, principalmente los reyes y los éfores, excepto aquel que estuviera llamado. Se organizaban asambleas ordinarias cada luna llena, y extraordinarias cuando hacía falta por causas excepcionales. El sistema de voto era por aclamación. Las asambleas se hacían en un lugar concreto al oeste de la ciudad. La asamblea podía proclamar la guerra, hacer la paz, y acordar armisticios; los acuerdos de éfores y reyes con estados extranjeros tenían que ser ratificados por la asamblea.
En tiempos más recientes, probablemente después del siglo III a. C., existió la pequeña asamblea, que se convocaba cuando el asunto a tratar era de importancia secundaria y no era necesario convocar la asamblea general. Esta asamblea menor la formaban algunos magistrados y ciudadanos de clase superior, y cada vez se fue convocando más a menudo llegando casi a suplantar a la gran asamblea.