La Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Europea de Derechos Humanos y otros tratados abarcan una amplia gama de los diferentes derechos, por ello, nos ocuparemos de ellos en el orden en que se han desarrollado y son reconocidos a nivel regional o por la comunidad internacional. La forma establecida de clasificación de los derechos es la de derechos de “primera, segunda y tercera generación”, por lo tanto, vamos a seguirla por el momento pero, como veremos, esa clasificación tiene un uso limitado y puede ser incluso engañosa a veces. Estas categorías, después de todo, no son claras. Simplemente constituyen una forma –entre muchas– de clasificar los diferentes derechos. La mayoría de ellos corresponden a más de una categoría. El derecho a expresar tu opinión, por ejemplo, es un derecho civil y político. Es esencial para la participación en la vida política y ha sido fundamental para nuestra libertad personal.
Derechos civiles y políticos (derechos de primera generación)
Estos derechos comenzaron a emerger como una teoría durante los siglos XVII y XVIII, la cual se basa sobre todo en consideraciones políticas. Se comenzó a reconocer que hay ciertas cosas que los todo-poderosos gobernantes no deberían poder hacer y que el pueblo debe tener cierta influencia en las políticas que les afectan. Las dos ideas centrales son las de la libertad personal y la de proteger a los individuos contra las violaciones cometidas por el estado.
Los derechos civiles y políticos hoy se exponen en detalle en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y en el Convenio Europeo para la Protección de los derechos humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH), y que incluyen derechos tales como el derecho a participar en el gobierno y la prohibición de la tortura. Estos derechos han sido tradicionalmente considerados por muchos, al menos en “Occidente” como los derechos humanos más importantes. Veremos en la siguiente sección que esto es falso.
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La Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Europea de Derechos Humanos y otros tratados abarcan una amplia gama de los diferentes derechos, por ello, nos ocuparemos de ellos en el orden en que se han desarrollado y son reconocidos a nivel regional o por la comunidad internacional. La forma establecida de clasificación de los derechos es la de derechos de “primera, segunda y tercera generación”, por lo tanto, vamos a seguirla por el momento pero, como veremos, esa clasificación tiene un uso limitado y puede ser incluso engañosa a veces. Estas categorías, después de todo, no son claras. Simplemente constituyen una forma –entre muchas– de clasificar los diferentes derechos. La mayoría de ellos corresponden a más de una categoría. El derecho a expresar tu opinión, por ejemplo, es un derecho civil y político. Es esencial para la participación en la vida política y ha sido fundamental para nuestra libertad personal.
Derechos civiles y políticos (derechos de primera generación)
Estos derechos comenzaron a emerger como una teoría durante los siglos XVII y XVIII, la cual se basa sobre todo en consideraciones políticas. Se comenzó a reconocer que hay ciertas cosas que los todo-poderosos gobernantes no deberían poder hacer y que el pueblo debe tener cierta influencia en las políticas que les afectan. Las dos ideas centrales son las de la libertad personal y la de proteger a los individuos contra las violaciones cometidas por el estado.
Los derechos civiles y políticos hoy se exponen en detalle en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y en el Convenio Europeo para la Protección de los derechos humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH), y que incluyen derechos tales como el derecho a participar en el gobierno y la prohibición de la tortura. Estos derechos han sido tradicionalmente considerados por muchos, al menos en “Occidente” como los derechos humanos más importantes. Veremos en la siguiente sección que esto es falso.
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