De allí que se puede afirmar, que desde la puesta en vigencia de la Constitución Política de Colombia del año 1991 se configura un nuevo tipo de Estado, es decir, un Estado Constitucional de Derecho, tal como lo refrenda la Sentencia SU-748 de 1998, con ponencia del Magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz, cuando afirma
Estado Social de Derecho en Colombia
El artículo 1° de la Constitución Política, consagra que Colombia es un Estado Social de Derecho, donde se señalan como cimientos, la protección de los derechos fundamentales, el respeto a la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad y la prevalencia del interés general.
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De allí que se puede afirmar, que desde la puesta en vigencia de la Constitución Política de Colombia del año 1991 se configura un nuevo tipo de Estado, es decir, un Estado Constitucional de Derecho, tal como lo refrenda la Sentencia SU-748 de 1998, con ponencia del Magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz, cuando afirma
Estado Social de Derecho en Colombia
El artículo 1° de la Constitución Política, consagra que Colombia es un Estado Social de Derecho, donde se señalan como cimientos, la protección de los derechos fundamentales, el respeto a la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad y la prevalencia del interés general.