Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad.
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad. Por decisión de los socios, antes de vencerse el término de duración. ...
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad. Por decisión de los socios, antes de vencerse el término de duración. ... Disolución en virtud de causal legal o estatutaria.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.Concluir las operaciones pendientes y las nuevas acorde a las necesidades de la liquidación.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.Concluir las operaciones pendientes y las nuevas acorde a las necesidades de la liquidación.Cobrar los créditos y pagar las deudas sociales.
La disolución es el acto jurídico a través del cual la sociedad suspende el desarrollo de su actividad social y entra en el proceso para finiquitar su operación y llegar a la liquidación final. La disolución puede ocasionarse por las causales pactadas en los estatutos sociales o en la ley.
Respuesta:
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad.
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad. Por decisión de los socios, antes de vencerse el término de duración. ...
Toda sociedad podrá disolverse, entre otras, por las siguientes causales:Por vencimiento del término de duración de la sociedad. Por decisión de los socios, antes de vencerse el término de duración. ... Disolución en virtud de causal legal o estatutaria.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.Concluir las operaciones pendientes y las nuevas acorde a las necesidades de la liquidación.
Formular un inventario y un balance de la sociedad en el día de disolución con un plazo de tres meses desde la apertura de la liquidación.Concluir las operaciones pendientes y las nuevas acorde a las necesidades de la liquidación.Cobrar los créditos y pagar las deudas sociales.
La disolución es el acto jurídico a través del cual la sociedad suspende el desarrollo de su actividad social y entra en el proceso para finiquitar su operación y llegar a la liquidación final. La disolución puede ocasionarse por las causales pactadas en los estatutos sociales o en la ley.