Ello así, puesto que en una sociedad colectiva, los socios que la integran contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales, y por lo tanto responden por la obligación demandada en caso que la sociedad no lo haga.
Respuesta:
Ello así, puesto que en una sociedad colectiva, los socios que la integran contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales, y por lo tanto responden por la obligación demandada en caso que la sociedad no lo haga.
Explicación:
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