El concepto de ciudadanía presenta contradicciones internas cuando se atiende a su definición legal. No es un tema menor si consideramos los problemas que enfrentan millones de personas al concentrarse delante de las fronteras de Europa occidental y al Sur de Estados Unidos.
Me preocupa especialmente la asociación que se hace, desde la modernidad, entre ciudadanía, nacionalidad y derechos. Este vínculo está fuertemente atado no a la noción de inclusión, sino a la de exclusión.
Aunque, en efecto, es muy difícil imaginar una ciudadanía que no comporte una dimensión colectiva —lo que precisamente señala la noción de “comunidad de ciudadanos”, a la que se refieren los derechos y las obligaciones— no es inevitable que la comunidad se defina como nación, o nacionalidad, definición impuesta en la modernidad.
La identificación de la comunidad de ciudadanos con la nación no únicamente la somete a la soberanía del Estado, sino que introduce un dilema en materia de exclusión e inclusión. En la actualidad, las discriminaciones “internas” (por ejemplo, de sexo o de raza) permanecen —no sin luchas, naturalmente—, aunque parecen cada vez más contradictorias con el principio de igualdad de derechos inherente a la ciudadanía “universalista” moderna. Por el contrario, las discriminaciones “externas” (entre “nacionales” y “extranjeros”) parecen inevitables y justificadas por el principio de comunidad mismo. Sin embargo, la “frontera” entre los ciudadanos y quienes no lo son se manifiesta más y más de manera inestable y arbitraria en una época de grandes migraciones poscoloniales y de globalización.
Respuesta:
El concepto de ciudadanía presenta contradicciones internas cuando se atiende a su definición legal. No es un tema menor si consideramos los problemas que enfrentan millones de personas al concentrarse delante de las fronteras de Europa occidental y al Sur de Estados Unidos.
Me preocupa especialmente la asociación que se hace, desde la modernidad, entre ciudadanía, nacionalidad y derechos. Este vínculo está fuertemente atado no a la noción de inclusión, sino a la de exclusión.
Aunque, en efecto, es muy difícil imaginar una ciudadanía que no comporte una dimensión colectiva —lo que precisamente señala la noción de “comunidad de ciudadanos”, a la que se refieren los derechos y las obligaciones— no es inevitable que la comunidad se defina como nación, o nacionalidad, definición impuesta en la modernidad.
La identificación de la comunidad de ciudadanos con la nación no únicamente la somete a la soberanía del Estado, sino que introduce un dilema en materia de exclusión e inclusión. En la actualidad, las discriminaciones “internas” (por ejemplo, de sexo o de raza) permanecen —no sin luchas, naturalmente—, aunque parecen cada vez más contradictorias con el principio de igualdad de derechos inherente a la ciudadanía “universalista” moderna. Por el contrario, las discriminaciones “externas” (entre “nacionales” y “extranjeros”) parecen inevitables y justificadas por el principio de comunidad mismo. Sin embargo, la “frontera” entre los ciudadanos y quienes no lo son se manifiesta más y más de manera inestable y arbitraria en una época de grandes migraciones poscoloniales y de globalización.
Explicación paso a paso:
Espero ayudarte por favor coronita