En general, la constitución de servidumbre se hace por escritura pública u otro documento escrito, como un contrato o testamento. La creación de una servidumbre requiere las mismas formalidades que las necesarias para transferir o crear otros derechos en la propiedad. Es decir, un documento por escrito, firmado y debidamente notificado.
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En general, la constitución de servidumbre se hace por escritura pública u otro documento escrito, como un contrato o testamento. La creación de una servidumbre requiere las mismas formalidades que las necesarias para transferir o crear otros derechos en la propiedad. Es decir, un documento por escrito, firmado y debidamente notificado.