La jornada laboral diaria que las partes acuerden al tenor del articulo 161 del código sustantivo del trabajo, se debe distribuir en turnos o jornadas en vista a la imposibilidad física de que un trabajador labore ininterrumpidamente por 8 horas o más.
Explicación:
te saque un resumen de un texto largooo que encontré en un libro espero que te ayude ☺️
Respuesta:
Distribuir que?
Tu pregunta está incompleta
Respuesta:
La jornada laboral diaria que las partes acuerden al tenor del articulo 161 del código sustantivo del trabajo, se debe distribuir en turnos o jornadas en vista a la imposibilidad física de que un trabajador labore ininterrumpidamente por 8 horas o más.
Explicación:
te saque un resumen de un texto largooo que encontré en un libro espero que te ayude ☺️