RENTA FEUDAL DEL SUELO: trabajo adicional de los siervos que no se retribuye y del que se apropian los señores feudales mediante la coerción extraeconómica. Bajo el feudalismo, la renta del suelo es la forma dominante del plusproducto (ver) en la agricultura. Expresa las relaciones de producción entre la clase de los señores feudales y la clase de los siervos respecto a la tierra como objeto de propiedad. La renta feudal del suelo presupone el dominio de la economía natural, implica que el productor directo está dotado de medios de producción, entre ellos de tierra, a la que está ligado, es decir, la dependencia personal del campesino respecto a su señor, e implica asimismo que al siervo se quita todo el plusproducto y parte del producto necesario de su trabajo. Se conocen tres formas de renta feudal del suelo. La mas primitiva, e históricamente la primera, es la renta en trabajo (prestación personal); con ella, el trabajo del campesino para sí y su trabajo para el propietario de la tierra están separados en el espacio y en el tiempo. En este caso, el trabajo adicional aparece directamente como trabajo impuesto en beneficio del señor, quien obliga al campesino a que le cultive las tierras una gran parte del tiempo. Constituye otra forma de renta feudal la renta en especie (tributo en especie) con la que el campesino entrega al señor el plusproducto en especie. En esencia, esta renta es una forma transmutada de la renta en trabajo, con la que coexiste. La tercera forma de renta feudal del suelo es la renta en dinero, o tributo en dinero; con la aplicación de esta forma de renta el campesino entrega al señor el tributo en dinero después de haber vendido las mercancías en el mercado. La renta en dinero es la última forma de renta precapitalista y es un exponente de que la economía feudal se descompone bajo el influjo que ejerce el desarrollo de las relaciones monetario-mercantiles. Facilitó la transformación de la renta feudal en renta capitalista (ver Renta del suelo, en el capitalismo).
RENTA FEUDAL DEL SUELO: trabajo adicional de los siervos que no se retribuye y del que se apropian los señores feudales mediante la coerción extraeconómica. Bajo el feudalismo, la renta del suelo es la forma dominante del plusproducto (ver) en la agricultura. Expresa las relaciones de producción entre la clase de los señores feudales y la clase de los siervos respecto a la tierra como objeto de propiedad. La renta feudal del suelo presupone el dominio de la economía natural, implica que el productor directo está dotado de medios de producción, entre ellos de tierra, a la que está ligado, es decir, la dependencia personal del campesino respecto a su señor, e implica asimismo que al siervo se quita todo el plusproducto y parte del producto necesario de su trabajo. Se conocen tres formas de renta feudal del suelo. La mas primitiva, e históricamente la primera, es la renta en trabajo (prestación personal); con ella, el trabajo del campesino para sí y su trabajo para el propietario de la tierra están separados en el espacio y en el tiempo. En este caso, el trabajo adicional aparece directamente como trabajo impuesto en beneficio del señor, quien obliga al campesino a que le cultive las tierras una gran parte del tiempo. Constituye otra forma de renta feudal la renta en especie (tributo en especie) con la que el campesino entrega al señor el plusproducto en especie. En esencia, esta renta es una forma transmutada de la renta en trabajo, con la que coexiste. La tercera forma de renta feudal del suelo es la renta en dinero, o tributo en dinero; con la aplicación de esta forma de renta el campesino entrega al señor el tributo en dinero después de haber vendido las mercancías en el mercado. La renta en dinero es la última forma de renta precapitalista y es un exponente de que la economía feudal se descompone bajo el influjo que ejerce el desarrollo de las relaciones monetario-mercantiles. Facilitó la transformación de la renta feudal en renta capitalista (ver Renta del suelo, en el capitalismo).