La presentación, salvo para los menores de 12 años, de uno de los siguientes cuatro documentos:
Test negativo de detección de antígenos expedido en las 48 horas anteriores a la llegada a España e incluido en la lista común de tests rápidos de detección de antígenos para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base la Recomendación del Consejo 2021/C 24/01.
O, comprobante/certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes de México u otros países. Las vacunas admitidas son las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o la OMS (Pfizer, Moderna, Astra-Zeneca, Johnson & Johnson, Sinopharm y SinoVac). Dicho documento sólo permite el ingreso en España a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, y debe incluir al menos: nombre y apellidos del titular, fecha/s de vacunación, tipo de vacuna administrada, número de dosis administradas, país emisor del certificado e identificación del organismo emisor del mismo. Recuerde que los menores de edad que acompañen a las personas que pueden entrar en España al estar vacunadas, deberán asimismo estar vacunadas si tienen entre 12 y 18 años. Véase apartado h en el siguiente enlace.
O, PCR negativa emitida dentro de las 72 horas previas a la llegada a España. Los niños menores de 6 años no tienen la obligación de realizar esta prueba.
O, certificado de recuperación tras haber superado el COVID-19 expedido por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra. El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2, tipo de test NAAT realizado y país emisor.
Toma de la temperatura mediante termómetros sin contacto, o por cámaras termográficas, no debiendo el pasajero alcanzar o superar los 37,5ºC.
Y una inspección visual
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july1610
Me referia a los hospitales y su equipacion pero de igual menera, gracias :)
Respuesta:
La presentación, salvo para los menores de 12 años, de uno de los siguientes cuatro documentos:
Test negativo de detección de antígenos expedido en las 48 horas anteriores a la llegada a España e incluido en la lista común de tests rápidos de detección de antígenos para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base la Recomendación del Consejo 2021/C 24/01.
O, comprobante/certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes de México u otros países. Las vacunas admitidas son las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o la OMS (Pfizer, Moderna, Astra-Zeneca, Johnson & Johnson, Sinopharm y SinoVac). Dicho documento sólo permite el ingreso en España a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, y debe incluir al menos: nombre y apellidos del titular, fecha/s de vacunación, tipo de vacuna administrada, número de dosis administradas, país emisor del certificado e identificación del organismo emisor del mismo. Recuerde que los menores de edad que acompañen a las personas que pueden entrar en España al estar vacunadas, deberán asimismo estar vacunadas si tienen entre 12 y 18 años. Véase apartado h en el siguiente enlace.
O, PCR negativa emitida dentro de las 72 horas previas a la llegada a España. Los niños menores de 6 años no tienen la obligación de realizar esta prueba.
O, certificado de recuperación tras haber superado el COVID-19 expedido por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra. El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2, tipo de test NAAT realizado y país emisor.
Toma de la temperatura mediante termómetros sin contacto, o por cámaras termográficas, no debiendo el pasajero alcanzar o superar los 37,5ºC.
Y una inspección visual