Protocolo de GEI, toma en cuenta distintos tipos de emisiones, clasificándolos de la siguiente forma:
Según su Fuente de emisión:
Combustión fija (por ejemplo: hornos, generadores, calderas, entre otros)
Combustión móvil (por ejemplo: transporte de empleados, sistemas de logística, mensajería, entre otros).
Emisiones Fugitivas (por ejemplo: liberación de gases de refrigeración, tratamiento de aguas residuales, fertilizantes, entre otros).
Emisiones de proceso (por ejemplo calcinación, bebidas carbonatadas, materiales ferrosos, entre otros)
Las emisiones, según lo establecido en el Protocolos de GEI, deben de segmentare según su alcance, siendo estos:
Alcance 1 o Emisiones directas. Ocurren de fuentes que son propiedad de o están controladas por la empresa y deben de establecerse, que tipo de emisiones son, según su fuente. Es importante mencionar que las emisiones provenientes de la combustión de biomasa no deben incluirse en el alcance 1, ya que éstas se deben de reportar de manera separada.
Alcance 2 o emisiones por compra de energía. Éstas contemplan las emisiones que representa el consumo de energía eléctrica de la red nacional, es decir las que se compran a los diferentes distribuidores. A pesar de que emisiones del alcance 2 ocurren físicamente en la planta donde la electricidad es generada, se comparte la responsabilidad de la emisión por la demanda que se genera de energía.
Alcance 3 o emisiones indirectas. Permite incluir el resto de las emisiones indirectas, que tiene relación con la empresa, evento o producto, pero que son liberadas por otra entidad, por ejemplo los sistemas de logística subcontratados, los vuelos comerciales, viajes de colaboradores, entre otros.
Protocolo de GEI, toma en cuenta distintos tipos de emisiones, clasificándolos de la siguiente forma:
Según su Fuente de emisión:
Combustión fija (por ejemplo: hornos, generadores, calderas, entre otros)
Combustión móvil (por ejemplo: transporte de empleados, sistemas de logística, mensajería, entre otros).
Emisiones Fugitivas (por ejemplo: liberación de gases de refrigeración, tratamiento de aguas residuales, fertilizantes, entre otros).
Emisiones de proceso (por ejemplo calcinación, bebidas carbonatadas, materiales ferrosos, entre otros)
Las emisiones, según lo establecido en el Protocolos de GEI, deben de segmentare según su alcance, siendo estos:
Alcance 1 o Emisiones directas. Ocurren de fuentes que son propiedad de o están controladas por la empresa y deben de establecerse, que tipo de emisiones son, según su fuente. Es importante mencionar que las emisiones provenientes de la combustión de biomasa no deben incluirse en el alcance 1, ya que éstas se deben de reportar de manera separada.
Alcance 2 o emisiones por compra de energía. Éstas contemplan las emisiones que representa el consumo de energía eléctrica de la red nacional, es decir las que se compran a los diferentes distribuidores. A pesar de que emisiones del alcance 2 ocurren físicamente en la planta donde la electricidad es generada, se comparte la responsabilidad de la emisión por la demanda que se genera de energía.
Alcance 3 o emisiones indirectas. Permite incluir el resto de las emisiones indirectas, que tiene relación con la empresa, evento o producto, pero que son liberadas por otra entidad, por ejemplo los sistemas de logística subcontratados, los vuelos comerciales, viajes de colaboradores, entre otros.