Alguien me pude ayudar a hacer una introducion se trata sobre la cosntitucion de venezuela
FMM23
INTRODUCCIÓN La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) constituyen un avance significativo en el reconocimiento de los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas por parte del Estado Venezolano, estos instrumentos jurídicos son los pilares fundamentales de democracia, estado de derecho, justicia, libertad, responsabilidad social derechos humanos, pluralidad política y diversidad cultural que el Consejo Municipal en sus Concejales Kariña velarán para el equilibrio, autonomía y función de los poderes públicos. Los pueblos y Comunidades Indígenas tienen garantizados sus derechos en la carta magna y en las leyes. Corresponde al Concejal Indígena Municipal Mirandino en este periodo promover y desarrollar el articulado constitucional. Velar por la creación de normas, que estando escritas con criterios altamente favorables a los pueblos Indígenas del País, permanecen como literatura legislativa sin impactar en la realidad que viven los pueblos y Comunidades Indígenas. Finalmente haremos equipo con los representantes de las Comunidades Indígenas y sus líderes en el Municipio a fin de articular y mancomunar esfuerzos con el Ejecutivo Municipal y demás Instituciones Gubernamentales para lograr respuestas positivas a las distintas necesidades existentes que requieren ser atendidas con prioridad. Igualmente cabe destacar el rol legislativo que vamos a ejercer para promover la participación de todos los sectores de la sociedad del Municipio Autónomo Francisco de Miranda.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley
Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) constituyen un avance
significativo en el reconocimiento de los Derechos de los Pueblos y Comunidades
Indígenas por parte del Estado Venezolano, estos instrumentos jurídicos son los pilares
fundamentales de democracia, estado de derecho, justicia, libertad, responsabilidad
social derechos humanos, pluralidad política y diversidad cultural que el Consejo
Municipal en sus Concejales Kariña velarán para el equilibrio, autonomía y función de
los poderes públicos.
Los pueblos y Comunidades Indígenas tienen garantizados sus derechos en la
carta magna y en las leyes. Corresponde al Concejal Indígena Municipal Mirandino en
este periodo promover y desarrollar el articulado constitucional. Velar por la creación de
normas, que estando escritas con criterios altamente favorables a los pueblos
Indígenas del País, permanecen como literatura legislativa sin impactar en la realidad
que viven los pueblos y Comunidades Indígenas.
Finalmente haremos equipo con los representantes de las Comunidades
Indígenas y sus líderes en el Municipio a fin de articular y mancomunar esfuerzos con el
Ejecutivo Municipal y demás Instituciones Gubernamentales para lograr respuestas
positivas a las distintas necesidades existentes que requieren ser atendidas con
prioridad. Igualmente cabe destacar el rol legislativo que vamos a ejercer para promover
la participación de todos los sectores de la sociedad del Municipio Autónomo Francisco
de Miranda.