El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que conocemos como Leyes de Reforma. Su objetivo principal fue la separación de la Iglesia y el Estado, pues en el México de esa época el poder de la primera era bastante fuerte e influía en las decisiones más importantes de la política nacional para favorecer totalmente a los conservadores. Dentro de esas leyes encontramos las siguientes: Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859). Complementa la Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticas, o Ley Lerdo, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas, o sea, del clero. Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859). Con ella, el matrimonio religioso pierde su validez oficial. Establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado. Ley Orgánica del Registro Civil (28 de julio de 1859). El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Como complemento se expidió Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaban todos los cementerios y camposantos de la República Ley de Exclaustración de Monjas y Frailes (11 agosto de 1859). Se prohibió la existencia de claustros o conventos, implicando su clausura. Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860). Permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara, con plena libertad. También prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos. Posteriormente al regresar el gobierno a la capital de la República, fueron dictados dos decretos que redondeaban la reforma en el aspecto de la relación Iglesia-Estado.
Decreto del 26 de febrero de 1861 para la salida de las religiosas y religiosos que ahí vivían que mandaba extinguir las comunidades religiosas, salvo las de las llamadas Hermanas de la Caridad. Decreto del 2 de febrero de 1861 por el que se secularizaban los hospitales y establecimientos de beneficencia Emanado de estas leyes, se estableció el registro civil en 1859. A su vez se inició́ una larga tradición de captación de los datos vitales. Con el registro civil se sentaron dos importantes precedentes: el reconocimiento oficial de un nuevo ciudadano mexicano, y el contar con datos oficiales de los movimientos naturales de la población ―crecimiento, matrimonio, y migración.
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El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que conocemos como Leyes de Reforma. Su objetivo principal fue la separación de la Iglesia y el Estado, pues en el México de esa época el poder de la primera era bastante fuerte e influía en las decisiones más importantes de la política nacional para favorecer totalmente a los conservadores.Dentro de esas leyes encontramos las siguientes:
Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859). Complementa la Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticas, o Ley Lerdo, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas, o sea, del clero.
Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859). Con ella, el matrimonio religioso pierde su validez oficial. Establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado.
Ley Orgánica del Registro Civil (28 de julio de 1859). El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Como complemento se expidió Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaban todos los cementerios y camposantos de la República
Ley de Exclaustración de Monjas y Frailes (11 agosto de 1859). Se prohibió la existencia de claustros o conventos, implicando su clausura.
Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860). Permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara, con plena libertad. También prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos.
Posteriormente al regresar el gobierno a la capital de la República, fueron dictados dos decretos que redondeaban la reforma en el aspecto de la relación Iglesia-Estado.
Decreto del 26 de febrero de 1861 para la salida de las religiosas y religiosos que ahí vivían que mandaba extinguir las comunidades religiosas, salvo las de las llamadas Hermanas de la Caridad.
Decreto del 2 de febrero de 1861 por el que se secularizaban los hospitales y establecimientos de beneficencia
Emanado de estas leyes, se estableció el registro civil en 1859. A su vez se inició́ una larga tradición de captación de los datos vitales. Con el registro civil se sentaron dos importantes precedentes: el reconocimiento oficial de un nuevo ciudadano mexicano, y el contar con datos oficiales de los movimientos naturales de la población ―crecimiento, matrimonio, y migración.