Los adolescentes mayores de 14 años podrán reconocer a sus hijos habidos en una relación de pareja o extramatrimonial, mientras que las niñas podrán contraer matrimonio a los 16 años.
1. Los adolescentes. El juez puede dispensar este impedimento por motivos justificados, siempre que los contrayentes tengan como mínimo, dieciséis años cumplidos y manifiesten expresamente su voluntad de casarse.
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Respuesta:
Los adolescentes mayores de 14 años podrán reconocer a sus hijos habidos en una relación de pareja o extramatrimonial, mientras que las niñas podrán contraer matrimonio a los 16 años.
1. Los adolescentes. El juez puede dispensar este impedimento por motivos justificados, siempre que los contrayentes tengan como mínimo, dieciséis años cumplidos y manifiesten expresamente su voluntad de casarse.
Explicación:
me das coronita por fa
y un ♥
Respuesta:
se permite de 21 para arriba y no se permite de 59 para arriba
Explicación:
es lo que yo creo