Artículo 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Artículo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
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Ramaa11 LEY 1703 DEL 07 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE VINCULA A LA CONMEMORACIÓN Y RINDE PÚBLICO HOMENAJE AL MUNICIPIO DE MOCOA, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO, CON MOTIVO DE lOS 450 AÑOS DE SU FUNDACIÓN YSE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES LEY 1704 DEL 08 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE VINCULA A LA CONMEMORACIÓN DE LOS CIEN (100) AÑOS DE LA ERECCIÓN DEL MUNICIPIO DE MONTEBELLO EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES LEY 1705 DEL 08 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN EL FESTIVAL INTERNACIONAL DE MÚSICA POPULAR AMAZONENSE FINMUPA EN LETICIA "El PIRARUCÚ DE ORO LEY 1706 DEL 08 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE L NACIÓN EL "FESTIVAL INTERNACIONAL DE LA CONFRATERNIDA AMAZÓNICA" QUE SE CELEBRA EN EL MUNICIPIO DE LETICIA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES LEY 1707 DEL 20 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA CUOTA 'DE FOMENTO DE LA PAPA, SE CREA UN FONDO DE FOMENTO, SE ESTABLECEN NORMAS PARA SU RECAUDO Y ADMINISTRACIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Artículo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
LEY 1703 DEL 07 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE VINCULA A LA CONMEMORACIÓN Y RINDE PÚBLICO HOMENAJE AL MUNICIPIO DE MOCOA, DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO, CON MOTIVO DE lOS 450 AÑOS DE SU FUNDACIÓN YSE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
LEY 1704 DEL 08 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE VINCULA A LA CONMEMORACIÓN DE LOS CIEN (100) AÑOS DE LA ERECCIÓN DEL MUNICIPIO DE MONTEBELLO EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
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LEY 1706 DEL 08 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL DE L NACIÓN EL "FESTIVAL INTERNACIONAL DE LA CONFRATERNIDA AMAZÓNICA" QUE SE CELEBRA EN EL MUNICIPIO DE LETICIA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
LEY 1707 DEL 20 DE ENERO DE 2014POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA CUOTA 'DE FOMENTO DE LA PAPA, SE CREA UN FONDO DE FOMENTO, SE ESTABLECEN NORMAS PARA SU RECAUDO Y ADMINISTRACIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES