Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes, los decretos del gobierno y las ordenanzas de la Asamblea Departamental.
2. Conservar el orden público en el departamento y tomar las medidas para su restablecimiento cuando fuere turbado de conformidad con la ley, las instrucciones y ordenes que reciba del señor presidente de la república.
3. Dirigir la acción administrativa del departamento, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
4. Representar al departamento judicial y extrajudicialmente, nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes y directores de establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del orden departame
Respuesta 1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes, los decretos del gobierno y las ordenanzas de la Asamblea Departamental.
2. Conservar el orden público en el departamento y tomar las medidas para su restablecimiento cuando fuere turbado de conformidad con la ley, las instrucciones y ordenes que reciba del señor presidente de la república.
3. Dirigir la acción administrativa del departamento, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
4. Representar al departamento judicial y extrajudicialmente, nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes y directores de establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del orden departamental.
5. Suprimir o fusionar entidades y dependencias departamentales de conformidad con las ordenanzas respectivas.
6. Presentar oportunamente a la asamblea departamental los proyectos de ordenanza sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y demás que estime convenientes para la buena marcha del departamento.
7. Sancionar y promulgar las ordenanzas que hubiere aprobado la asamblea departamental y objetarlas por motivos de inconstitucionalidad, ilegalidad o conveniencia
8. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a las disposiciones legales y ordenanzas correspondientes.
9. Colaborar con la Asamblea para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su gestión y convocarlo a sesiones extraordinarias.
10. Ordenar los gastos Departamentales de acuerdo con el plan de inversión y de presupuesto.
11. Celebrar los Convenios y Contratos de la administración de conformidad con las facultades otorgadas por la Asamblea Departamental.
12. Desarrollar acciones tendientes a prestar apoyo, asesoría, capacitación y asistencia técnica al municipio y a los territorios indígenas y a cualquier otra forma de organización territorial que se conforme en el departamento.
13. Asegurar que los procesos que se desarrollan en la administración departamental, se enmarquen en las políticas e instrumentos del sistema integrado de gestión.
14. Revisar los actos del Consejo Municipal y del Alcalde, en caso de ser necesario, por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad remitirlos al Tribunal competente para que decida sobre su validez.
15. Las demás que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.
Respuesta:
hay encuentras lo que buscas no se
Explicación:
Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes, los decretos del gobierno y las ordenanzas de la Asamblea Departamental.
2. Conservar el orden público en el departamento y tomar las medidas para su restablecimiento cuando fuere turbado de conformidad con la ley, las instrucciones y ordenes que reciba del señor presidente de la república.
3. Dirigir la acción administrativa del departamento, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
4. Representar al departamento judicial y extrajudicialmente, nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes y directores de establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del orden departame
Verified answer
Respuesta 1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes, los decretos del gobierno y las ordenanzas de la Asamblea Departamental.
2. Conservar el orden público en el departamento y tomar las medidas para su restablecimiento cuando fuere turbado de conformidad con la ley, las instrucciones y ordenes que reciba del señor presidente de la república.
3. Dirigir la acción administrativa del departamento, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
4. Representar al departamento judicial y extrajudicialmente, nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes y directores de establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del orden departamental.
5. Suprimir o fusionar entidades y dependencias departamentales de conformidad con las ordenanzas respectivas.
6. Presentar oportunamente a la asamblea departamental los proyectos de ordenanza sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y demás que estime convenientes para la buena marcha del departamento.
7. Sancionar y promulgar las ordenanzas que hubiere aprobado la asamblea departamental y objetarlas por motivos de inconstitucionalidad, ilegalidad o conveniencia
8. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a las disposiciones legales y ordenanzas correspondientes.
9. Colaborar con la Asamblea para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su gestión y convocarlo a sesiones extraordinarias.
10. Ordenar los gastos Departamentales de acuerdo con el plan de inversión y de presupuesto.
11. Celebrar los Convenios y Contratos de la administración de conformidad con las facultades otorgadas por la Asamblea Departamental.
12. Desarrollar acciones tendientes a prestar apoyo, asesoría, capacitación y asistencia técnica al municipio y a los territorios indígenas y a cualquier otra forma de organización territorial que se conforme en el departamento.
13. Asegurar que los procesos que se desarrollan en la administración departamental, se enmarquen en las políticas e instrumentos del sistema integrado de gestión.
14. Revisar los actos del Consejo Municipal y del Alcalde, en caso de ser necesario, por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad remitirlos al Tribunal competente para que decida sobre su validez.
15. Las demás que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.
Explicación: