La reforma agraria peruana fue una medida con respecto a la propiedad de la tierra aplicada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada liderado por Juan Velasco Alvarado. Se inspiró en la reforma agraria realizada en Bolivia en 19521 y tiene su antecedente en la reforma agraria proyectada en las Cortes de Cádiz durante el Imperio Español.2
A partir de 1969, el gobierno peruano implementó una serie de medidas con el objetivo de transformar el panorama social del país, a través de un cambio en el sistema de distribución de la riqueza, particularmente del régimen económico y el de propiedad de la tierra. Una de tales medidas fue la promulgación del Decreto Ley n.º 17716 (Ley de Reforma Agraria) el cual tenía el objetivo de transformar la estructura de titularidad de tierras del país y sustituir los regímenes de latifundio y minifundio por un sistema de redistribución equitativa de la propiedad rural.3 La reforma agraria se llevó a cabo a través de expropiaciones de predios rústicos. Dichos terrenos – cuyos propietarios eran tanto personas naturales como jurídicas – pasaron en un primer momento a ser de dominio estatal, y luego fueron distribuidos entre campesinos y pequeños agricultores organizados en cooperativas y sociedades agrícolas.4 Las personas expropiadas obtuvieron el derecho a ser indemnizadas según una tasación realizada por el Estado, y sobre la base de un justiprecio cuyo pago era imperativo por mandato constitucional.5
La reforma agraria peruana fue una medida con respecto a la propiedad de la tierra aplicada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada liderado por Juan Velasco Alvarado. Se inspiró en la reforma agraria realizada en Bolivia en 19521 y tiene su antecedente en la reforma agraria proyectada en las Cortes de Cádiz durante el Imperio Español.2
A partir de 1969, el gobierno peruano implementó una serie de medidas con el objetivo de transformar el panorama social del país, a través de un cambio en el sistema de distribución de la riqueza, particularmente del régimen económico y el de propiedad de la tierra. Una de tales medidas fue la promulgación del Decreto Ley n.º 17716 (Ley de Reforma Agraria) el cual tenía el objetivo de transformar la estructura de titularidad de tierras del país y sustituir los regímenes de latifundio y minifundio por un sistema de redistribución equitativa de la propiedad rural.3 La reforma agraria se llevó a cabo a través de expropiaciones de predios rústicos. Dichos terrenos – cuyos propietarios eran tanto personas naturales como jurídicas – pasaron en un primer momento a ser de dominio estatal, y luego fueron distribuidos entre campesinos y pequeños agricultores organizados en cooperativas y sociedades agrícolas.4 Las personas expropiadas obtuvieron el derecho a ser indemnizadas según una tasación realizada por el Estado, y sobre la base de un justiprecio cuyo pago era imperativo por mandato constitucional.5