Si bien es cierto que, los derechos civiles y políticos están plenamente regulados en la Constitución, en tratados internaciones y en leyes menores, nuestra Código Político establece que el Ecuador es un Estado Social de Derecho, lo que implica la participación del Estado en algunas áreas, a través de la promoción y garantía de prestaciones sociales que mejoren las condiciones de vida de las mayorías menos favorecidas de la sociedad, por tanto, la visión del Estado abstencionista, ha sido plenamente superada y es necesario acoplarnos al cambio de paradigma, algunos teóricos incluso, hablan del Estado Constitucional de Derecho caracterizado por la ?contitucionalización del ordenamiento jurídico?, en el que la Constitución impregne con sus postulados, la normativa inferior, la jurisprudencia, la doctrina, las prácticas políticas, en aras del cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales de las personas
Respuesta:
Si bien es cierto que, los derechos civiles y políticos están plenamente regulados en la Constitución, en tratados internaciones y en leyes menores, nuestra Código Político establece que el Ecuador es un Estado Social de Derecho, lo que implica la participación del Estado en algunas áreas, a través de la promoción y garantía de prestaciones sociales que mejoren las condiciones de vida de las mayorías menos favorecidas de la sociedad, por tanto, la visión del Estado abstencionista, ha sido plenamente superada y es necesario acoplarnos al cambio de paradigma, algunos teóricos incluso, hablan del Estado Constitucional de Derecho caracterizado por la ?contitucionalización del ordenamiento jurídico?, en el que la Constitución impregne con sus postulados, la normativa inferior, la jurisprudencia, la doctrina, las prácticas políticas, en aras del cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales de las personas
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