Hasta la fecha, en los pasillos del Congreso no hay frase que se escuche distinta a que la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado como procurador general está más que anunciada. Desde hace unos días es el único candidato a este cargo, pues ni la Presidencia ni el Consejo de Estado han postulado a los suyos. Se esperaba, de hecho, que fuera el Consejo de Estado —organismo al que perteneció Ordóñez— el que lo propusiera, tal como lo había hecho en 2008. No obstante, en un comunicado de tres cortos párrafos, fue la Corte Suprema “por unanimidad” la que terminó ternándolo.
De la postulación de la Corte, sin embargo, queda un gran interrogante en el aire: ¿ahora quién investigará a Ordóñez? Hasta diciembre, cuando cumpla su primer período, era la Corte Suprema la encargada de hacerlo penal y disciplinariamente. Penalmente, porque así lo indica la Constitución del 91: es ese alto tribunal el que juzga al procurador, con acusación del fiscal general de la Nación. Y disciplinariamente, porque así lo señala el Código Único Disciplinario: es competencia de la Sala Plena de la Corte si el Consejo de Estado fue quien lo postuló. Y viceversa.
Ahí es donde se empieza a enredar la madeja. De ser reelegido, Ordóñez habrá sido postulado tanto por la Corte como por el Consejo de Estado. Según las normas, por ser su candidato actualmente, la Corte Suprema de Justicia tendría que declararse impedida para conocer cualquier queja disciplinaria en contra de Ordóñez y la responsabilidad pasaría a manos del Consejo de Estado. Abogados consultados por este diario, sin embargo, creen que al haber sido esa la corporación que lo postuló en 2008, al menos los magistrados que estaban en esa época deberían declararse impedidos para conocer de expedientes contra Ordóñez. En otras palabras, los procesos disciplinarios contra el jefe de uno de los organismos más importantes del país quedarían en manos no de magistrados titulares, sino de conjueces.
Hasta la fecha, en los pasillos del Congreso no hay frase que se escuche distinta a que la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado como procurador general está más que anunciada. Desde hace unos días es el único candidato a este cargo, pues ni la Presidencia ni el Consejo de Estado han postulado a los suyos. Se esperaba, de hecho, que fuera el Consejo de Estado —organismo al que perteneció Ordóñez— el que lo propusiera, tal como lo había hecho en 2008. No obstante, en un comunicado de tres cortos párrafos, fue la Corte Suprema “por unanimidad” la que terminó ternándolo.
De la postulación de la Corte, sin embargo, queda un gran interrogante en el aire: ¿ahora quién investigará a Ordóñez? Hasta diciembre, cuando cumpla su primer período, era la Corte Suprema la encargada de hacerlo penal y disciplinariamente. Penalmente, porque así lo indica la Constitución del 91: es ese alto tribunal el que juzga al procurador, con acusación del fiscal general de la Nación. Y disciplinariamente, porque así lo señala el Código Único Disciplinario: es competencia de la Sala Plena de la Corte si el Consejo de Estado fue quien lo postuló. Y viceversa.
Ahí es donde se empieza a enredar la madeja. De ser reelegido, Ordóñez habrá sido postulado tanto por la Corte como por el Consejo de Estado. Según las normas, por ser su candidato actualmente, la Corte Suprema de Justicia tendría que declararse impedida para conocer cualquier queja disciplinaria en contra de Ordóñez y la responsabilidad pasaría a manos del Consejo de Estado. Abogados consultados por este diario, sin embargo, creen que al haber sido esa la corporación que lo postuló en 2008, al menos los magistrados que estaban en esa época deberían declararse impedidos para conocer de expedientes contra Ordóñez. En otras palabras, los procesos disciplinarios contra el jefe de uno de los organismos más importantes del país quedarían en manos no de magistrados titulares, sino de conjueces.