La seguridad de los y las periodistas es una obligación estatal que tres deberes especiales resumidos en las tres “P”: Prevenir, Proteger y Procurar justicia.
Prevenir
La promoción de la seguridad de periodistas no debe limitarse a adoptar medidas después de que hayan ocurrido los hechos. Por el contrario, se necesitan acciones de prevención dirigidas a atacar algunas de las causas profundas de la violencia contra periodistas y de la impunidad. Los deberes son:
Adoptar un discurso público que contribuya a prevenir la violencia contra periodistas y que no los exponga a un mayor riesgo, así como reconocer de manera constante, clara, pública y firme la legitimidad y el valor de la labor periodística, aun cuando la información difundida pueda resultar crítica, inconveniente e inoportuna para los intereses del gobierno.
Proteger
Los Estados tienen la obligación de proteger a aquellos periodistas cuyas vidas o integridad física están en peligro mediante la adopción de medidas concretas de protección.
El Estado está obligado a identificar el riesgo especial y advertir al periodista sobre su existencia, valorar las características y el origen del riesgo, definir y adoptar oportunamente las medidas de protección específicas, evaluar periódicamente la evolución del riesgo, responder efectivamente ante signos de su concreción y actuar para mitigar sus efectos. El Estado debe prestar especial atención a la situación de aquellos periodistas que por el tipo de actividades que desarrollan están expuestos a riesgos de una intensidad extraordinaria.
Procurar justicia
Los Estados tienen el deber de investigar, juzgar y sancionar a todos los autores de los delitos contra comunicadores, tanto los materiales como los intelectuales, además de partícipes, colaboradores y encubridores. Esta obligación implica:
Adoptar un marco institucional adecuado que asigne la responsabilidad de investigar y juzgar dichos delitos a las autoridades que estén en mejores condiciones para resolverlos, con suficientes recursos humanos, económicos, logísticos y científicos, y que cuenten con autonomía e independencia para actuar. Se les debe brindar capacitación y adoptar medidas para protegerlos. En contextos en los cuales exista un riesgo continuo de que se produzcan actos de violencia contra periodistas y donde prevalezca la impunidad se le ha recomendado a los Estados crear unidades de investigación especializadas en delitos contra la libertad de expresión.
yo opino que es un acto delincuencial porque los periodistas nos informan noticias, ahora qué como los delincuentes saben que ellos son los responsables de (algún hecho delincuencial) los mandan a matar o los amenazan y al final los secuestran y los matan
La seguridad de los y las periodistas es una obligación estatal que tres deberes especiales resumidos en las tres “P”: Prevenir, Proteger y Procurar justicia.
Prevenir
La promoción de la seguridad de periodistas no debe limitarse a adoptar medidas después de que hayan ocurrido los hechos. Por el contrario, se necesitan acciones de prevención dirigidas a atacar algunas de las causas profundas de la violencia contra periodistas y de la impunidad. Los deberes son:
Adoptar un discurso público que contribuya a prevenir la violencia contra periodistas y que no los exponga a un mayor riesgo, así como reconocer de manera constante, clara, pública y firme la legitimidad y el valor de la labor periodística, aun cuando la información difundida pueda resultar crítica, inconveniente e inoportuna para los intereses del gobierno.
Proteger
Los Estados tienen la obligación de proteger a aquellos periodistas cuyas vidas o integridad física están en peligro mediante la adopción de medidas concretas de protección.
El Estado está obligado a identificar el riesgo especial y advertir al periodista sobre su existencia, valorar las características y el origen del riesgo, definir y adoptar oportunamente las medidas de protección específicas, evaluar periódicamente la evolución del riesgo, responder efectivamente ante signos de su concreción y actuar para mitigar sus efectos. El Estado debe prestar especial atención a la situación de aquellos periodistas que por el tipo de actividades que desarrollan están expuestos a riesgos de una intensidad extraordinaria.
Procurar justicia
Los Estados tienen el deber de investigar, juzgar y sancionar a todos los autores de los delitos contra comunicadores, tanto los materiales como los intelectuales, además de partícipes, colaboradores y encubridores. Esta obligación implica:
Adoptar un marco institucional adecuado que asigne la responsabilidad de investigar y juzgar dichos delitos a las autoridades que estén en mejores condiciones para resolverlos, con suficientes recursos humanos, económicos, logísticos y científicos, y que cuenten con autonomía e independencia para actuar. Se les debe brindar capacitación y adoptar medidas para protegerlos. En contextos en los cuales exista un riesgo continuo de que se produzcan actos de violencia contra periodistas y donde prevalezca la impunidad se le ha recomendado a los Estados crear unidades de investigación especializadas en delitos contra la libertad de expresión.
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yo opino que es un acto delincuencial porque los periodistas nos informan noticias, ahora qué como los delincuentes saben que ellos son los responsables de (algún hecho delincuencial) los mandan a matar o los amenazan y al final los secuestran y los matan
aquí te puse una imagen de ejemplo
espero que te sirva