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El impuesto de alcabala grava las transferencias de inmuebles urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, incluyendo las ventas con reserva de dominio. En caso de comprar un bien futuro (departamento o casa en planos), no se paga el impuesto de alcabala, pero en caso de comprar un inmueble en reventa sí; y equivale aproximadamente el 3% del valor del inmueble. El alcabala : Este impuesto se paga por una sola vez al momento de comprar la casa , departamento o terreno o predio en general .El plazo para pagar es hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de efectuada la transferencia .