A todo ciudadano nacional o extranjero que establezca una relación laboral en Colombia, se le aplican las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo que regula las normas del derecho individual del trabajo de carácter particular y las del derecho colectivo del trabajo, oficiales y particulares, y que rige en todo el territorio de la República.
En tal sentido, y basados en el principio constitucional de la igualdad y la no discriminación, el trabajador extranjero en Colombia tiene los siguientes derechos:
• Celebración de un contrato de trabajo.
• Pago de un salario por la prestación del servicio.
• Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensión y Riesgos laborales).
• Afiliación a una caja de compensación familiar.
• Pago de sus prestaciones sociales.
• Vacaciones.
• Afiliación a una asociación y/o una organización sindical
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piedranyelo
muy buenaaaaaaa te quiero piedranyelo jajajajajajajajajajajaja
A todo ciudadano nacional o extranjero que establezca una relación laboral en Colombia, se le aplican las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo que regula las normas del derecho individual del trabajo de carácter particular y las del derecho colectivo del trabajo, oficiales y particulares, y que rige en todo el territorio de la República.
En tal sentido, y basados en el principio constitucional de la igualdad y la no discriminación, el trabajador extranjero en Colombia tiene los siguientes derechos:
• Celebración de un contrato de trabajo.
• Pago de un salario por la prestación del servicio.
• Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensión y Riesgos laborales).
• Afiliación a una caja de compensación familiar.
• Pago de sus prestaciones sociales.
• Vacaciones.
• Afiliación a una asociación y/o una organización sindical