Respuesta:
lo de abajo XD
Explicación:
ARTÍCULO 22.- Todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de
la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver
cuando le convenga. No se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso
al país.
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
© Copyright 2013 - 2024 KUDO.TIPS - All rights reserved.
Respuesta:
lo de abajo XD
Explicación:
ARTÍCULO 22.- Todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de
la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver
cuando le convenga. No se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso
al país.