1. Fundamento. 2. Consagración. 3. Caracterización. a) La igualdad de circunstancias laborales. b) La prohibición de la arbitrariedad. c) El perjuicio en relación a la generalidad. 4. La facultad de premiar. 5. La regla y la excepción.
A.EL PRINCIPIO DE IGUALDAD "Todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo, o sexo, tienen el derecho de perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y de igualdad de oportunidades." [1]
1.Igualdad jurídica e igualdad de oportunidades.
La igualdad constituye uno de los presupuestos básicos de la justicia. Ya Aristóteles sostenía la interdependencia de ambos valores. "Será justo lo que es conforme a la ley y a la igualdad, e injusto lo contrario a aquélla y lo desigual".[2]
Según Ekmekdjian, la idea de la igualdad varía según se trate de la justicia distributiva o correctiva. En el primer caso, cada persona debe recibir de la sociedad bienes o cargas en una proporción adecuada a sus méritos. Esto significa que ante méritos o posibilidades desiguales no es posible atribuir beneficios o cargas iguales. No hay igualdad si se da trato igual a los desiguales. En la justicia correctiva, se trata de que cada parte tenga una situación de paridad, de modo tal que las oportunidades sean las mismas para todos. Las situaciones de injusticia que pudieran derivarse de la aplicación de estos principios a casos particulares, deben suavizarse con la equidad, que es una forma particular de justicia correctiva. ojala te sirva :D
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tiabere
muchas gracias, esta muy completa tu información, pero era una respuesta personal, pero te agradezco de todo corazón
mayrayajhaira
Es importante así ya no hay discriminacion , i igualdad entre hombres y mujeres entre pobres y ricos etc.....
1. Fundamento. 2. Consagración. 3. Caracterización. a) La igualdad de circunstancias laborales. b) La prohibición de la arbitrariedad. c) El perjuicio en relación a la generalidad. 4. La facultad de premiar. 5. La regla y la excepción.
1. Igualdad jurídica e igualdad de oportunidades.
La igualdad constituye uno de los presupuestos básicos de la justicia. Ya Aristóteles sostenía la interdependencia de ambos valores. "Será justo lo que es conforme a la ley y a la igualdad, e injusto lo contrario a aquélla y lo desigual".[2]
Según Ekmekdjian, la idea de la igualdad varía según se trate de la justicia distributiva o correctiva. En el primer caso, cada persona debe recibir de la sociedad bienes o cargas en una proporción adecuada a sus méritos. Esto significa que ante méritos o posibilidades desiguales no es posible atribuir beneficios o cargas iguales. No hay igualdad si se da trato igual a los desiguales. En la justicia correctiva, se trata de que cada parte tenga una situación de paridad, de modo tal que las oportunidades sean las mismas para todos. Las situaciones de injusticia que pudieran derivarse de la aplicación de estos principios a casos particulares, deben suavizarse con la equidad, que es una forma particular de justicia correctiva. ojala te sirva :D