la educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas. En este sentido, el Plan de la Patria 2013-2019 en su objetivo histórico número cinco establece “Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie humana”, traduce la necesidad de construir un modelo económico productivo ecosocialista, basado en una relación armónica entre el ser humano y la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional y óptimo de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la naturaleza. Así mismo plantea desarrollar una política integral de conservación, aprovechamiento sustentable, protección y divulgación científica de la diversidad biológica y de los reservorios de agua del país, como también contribuir a la conformación de un gran movimiento mundial para contener las causas y reparar los efectos de cambio climático que ocurren como consecuencia del modelo capitalista depredador. En este mismo orden el objetivo del milenio No. 7 plantea la necesidad de GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL MEDIO AMBIENTE, además de incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales y reducir la pérdida de recursos del medio ambiente. Haber reducido y haber ralentizado considerablemente la pérdida de diversidad biológica en 2010 así como reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento.
En la educación media se hace necesario favorecer estrategias de manera permanente para orientar, informar y generar acciones reflexivas acerca de la necesidad de proteger, cuidar y hacer uso adecuado de nuestra biodiversidad para hoy y para las generaciones futuras.
La legislación venezolana garantiza el pleno derecho a todos los niños, las niñas y adolescentes a la vida, a un nivel de vida adecuado que asegure su desarrollo integral. Este derecho comprende, entre otros, el disfrute de: a) Alimentación nutritiva y balanceada, en calidad y cantidad que satisfaga las normas de la dietética, la higiene y la salud. b) Vestido apropiado al clima y que proteja la salud. c) Vivienda digna, segura, higiénica y salubre, con acceso a los servicios públicos esenciales. Derecho a la salud y a servicios de salud. Todos los niños, las niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental. Asimismo, tienen derecho a servicios de salud, de carácter gratuito y de la más alta calidad, especialmente para la prevención, tratamiento y rehabilitación de las afecciones a su salud. En el caso de niños, niñas y adolescentes de comunidades y pueblos indígenas debe considerarse la medicina tradicional que contribuya a preservar su salud física y mental. Asimismo, debe asegurarles posibilidades de acceso a servicios médicos y odontológicos periódicos, gratuitos y de la más alta calidad. De igual manera se establece la responsabilidad del padre, la madre, representantes o responsables en materia de salud, y como los garantes inmediatos de la salud de los niños, las niñas y adolescentes que se encuentren bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser informados e informadas y educados o educadas sobre los principios básicos de prevención en materia de salud, nutrición, ventajas de la lactancia materna, estimulación temprana en el desarrollo, salud sexual y reproductiva, higiene, saneamiento sanitario ambiental y prevención de accidentes. Asimismo, tienen el derecho de ser informados e informadas de forma veraz y oportuna sobre su estado de salud, de acuerdo a su desarrollo. El Estado, con la participación activa de la sociedad, debe garantizar programas de información y educación sobre estas materias, dirigidos a los niños, las niñas, adolescentes y sus familias. La salud como derecho social fundamental, es obligación del Estado, el cual debe promover y desarrollar políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República. Otra meta importante de los objetivos del milenio es REDUCIR LA MORTALIDAD DE LOS NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS. Promover la salud integral y el buen vivir en la juventud y adolescencia es garantía de tener una sociedad sana, que garantiza los cambios y transformaciones necesarias para alcanzar la suprema felicidad social, el goce y disfrute en sus edades respectivas.
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ja7004666
el diablo bueno Bro eres admin :3 sos el mejor
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la educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas. En este sentido, el Plan de la Patria 2013-2019 en su objetivo histórico número cinco establece “Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie humana”, traduce la necesidad de construir un modelo económico productivo ecosocialista, basado en una relación armónica entre el ser humano y la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional y óptimo de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la naturaleza. Así mismo plantea desarrollar una política integral de conservación, aprovechamiento sustentable, protección y divulgación científica de la diversidad biológica y de los reservorios de agua del país, como también contribuir a la conformación de un gran movimiento mundial para contener las causas y reparar los efectos de cambio climático que ocurren como consecuencia del modelo capitalista depredador. En este mismo orden el objetivo del milenio No. 7 plantea la necesidad de GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL MEDIO AMBIENTE, además de incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales y reducir la pérdida de recursos del medio ambiente. Haber reducido y haber ralentizado considerablemente la pérdida de diversidad biológica en 2010 así como reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento.
En la educación media se hace necesario favorecer estrategias de manera permanente para orientar, informar y generar acciones reflexivas acerca de la necesidad de proteger, cuidar y hacer uso adecuado de nuestra biodiversidad para hoy y para las generaciones futuras.
La legislación venezolana garantiza el pleno derecho a todos los niños, las niñas y adolescentes a la vida, a un nivel de vida adecuado que asegure su desarrollo integral. Este derecho comprende, entre otros, el disfrute de: a) Alimentación nutritiva y balanceada, en calidad y cantidad que satisfaga las normas de la dietética, la higiene y la salud. b) Vestido apropiado al clima y que proteja la salud. c) Vivienda digna, segura, higiénica y salubre, con acceso a los servicios públicos esenciales. Derecho a la salud y a servicios de salud. Todos los niños, las niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental. Asimismo, tienen derecho a servicios de salud, de carácter gratuito y de la más alta calidad, especialmente para la prevención, tratamiento y rehabilitación de las afecciones a su salud. En el caso de niños, niñas y adolescentes de comunidades y pueblos indígenas debe considerarse la medicina tradicional que contribuya a preservar su salud física y mental. Asimismo, debe asegurarles posibilidades de acceso a servicios médicos y odontológicos periódicos, gratuitos y de la más alta calidad. De igual manera se establece la responsabilidad del padre, la madre, representantes o responsables en materia de salud, y como los garantes inmediatos de la salud de los niños, las niñas y adolescentes que se encuentren bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser informados e informadas y educados o educadas sobre los principios básicos de prevención en materia de salud, nutrición, ventajas de la lactancia materna, estimulación temprana en el desarrollo, salud sexual y reproductiva, higiene, saneamiento sanitario ambiental y prevención de accidentes. Asimismo, tienen el derecho de ser informados e informadas de forma veraz y oportuna sobre su estado de salud, de acuerdo a su desarrollo. El Estado, con la participación activa de la sociedad, debe garantizar programas de información y educación sobre estas materias, dirigidos a los niños, las niñas, adolescentes y sus familias. La salud como derecho social fundamental, es obligación del Estado, el cual debe promover y desarrollar políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República. Otra meta importante de los objetivos del milenio es REDUCIR LA MORTALIDAD DE LOS NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS. Promover la salud integral y el buen vivir en la juventud y adolescencia es garantía de tener una sociedad sana, que garantiza los cambios y transformaciones necesarias para alcanzar la suprema felicidad social, el goce y disfrute en sus edades respectivas.