Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Es necesario reconocer y respetar los derechos de los pueblos indígenas
Conforme al mandato de la Constitución de 1991, la explotación de recursos naturales en territorios indígenas se deberá realizar sin desmedro de esas comunidades (Artículo 330). Sobre el particular, la Corte Constitucional señala que "la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas debe hacerse compatible con la protección que el Estado debe dispensar a la integridad social, cultural y económica de las comunidades indígenas, integridad que configura un derecho fundamental para la comunidad por estar ligada a su subsistencia como grupo humano y como cultura(*)"
En consecuencia, los pueblos indígenas tienen derecho al acceso y uso de los recursos naturales existentes en sus territorios. El establecimiento de restricciones debe estar basado en las propias visiones, intereses y formas de manejo de los pueblos involucrados.
Poseen el 80% de la biodiversidad del mundo: al hacer una gestión sostenible, proteger y conservar la diversidad biológica, los pueblos indígenas están conservando uno de los aspectos esenciales para la seguridad alimentaria, la nutrición y el desarrollo como lo es la biodiversidad
Respuesta:
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Es necesario reconocer y respetar los derechos de los pueblos indígenas
Conforme al mandato de la Constitución de 1991, la explotación de recursos naturales en territorios indígenas se deberá realizar sin desmedro de esas comunidades (Artículo 330). Sobre el particular, la Corte Constitucional señala que "la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas debe hacerse compatible con la protección que el Estado debe dispensar a la integridad social, cultural y económica de las comunidades indígenas, integridad que configura un derecho fundamental para la comunidad por estar ligada a su subsistencia como grupo humano y como cultura(*)"
En consecuencia, los pueblos indígenas tienen derecho al acceso y uso de los recursos naturales existentes en sus territorios. El establecimiento de restricciones debe estar basado en las propias visiones, intereses y formas de manejo de los pueblos involucrados.
Poseen el 80% de la biodiversidad del mundo: al hacer una gestión sostenible, proteger y conservar la diversidad biológica, los pueblos indígenas están conservando uno de los aspectos esenciales para la seguridad alimentaria, la nutrición y el desarrollo como lo es la biodiversidad