La actual Constitución Política de la República es la ley suprema de la República de Guatemala, en la cual se rige todo el Estado y sus demás leyes y recoge los derechos fundamentales de su población. Fue creada 31 de mayo de 1985 por la Asamblea Nacional Constituyente de ese año, convocada por el entonces Presidente de facto de la República de Guatemala, general Óscar Humberto Mejía Víctores, tras las elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente celebradas el 1 de julio de 1984. Dicha Carta Magna se hizo efectiva el 14 de enero de 1986.
Fue suspendida el 25 de mayo de 1993 por el entonces presidente de la República de Guatemala Jorge Antonio Serrano Elías; reinstaurada el 5 de junio de 1993 acto seguido del derrocamiento del presidente; enmendada en noviembre de 1993. Las reformas constitucionales de 1993 incluyeron un incremento en el número de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 9 a 13. Los períodos de cargo para presidente, vicepresidente, y diputados del Congreso de la República de Guatemala fueron reducidos de 5 a 4 años; para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 6 a 5 años, y se incrementaron los períodos de los alcaldes y concejos ciudadanos de 2 1/2 a 4 años.
El presidente y vicepresidente son elegidos directamente por medio de sufragio universal y están limitados a un período. Un vicepresidente puede ser candidato a presidente después de 4 años fuera del cargo, toda vez no haya ejercido el cargo de presidente por un tiempo mayor a un año. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son elegidos por el Congreso de la República de Guatemala de entre los integrantes de una lista enviada por los decanos de las Facultades de
Guatemala se encuentra dividida administrativamente en 22 Departamentos administrados por gobernadores designados por el presidente. La Ciudad de Guatemala y otras 339 municipalidades son gobernadas por alcaldes o concejos elegidos popularmente.
No es otra ley más ni un documento histórico con mucho valor, es el parámetro máximo que regula la vida de todos los guatemaltecos, sus gobernadores, establece nuestros derechos y obligaciones, limita el poder, establece nuestra forma de gobierno y nos brinda garantías para hacer valer nuestros derechos.
La actual Constitución Política de la República es la ley suprema de la República de Guatemala, en la cual se rige todo el Estado y sus demás leyes y recoge los derechos fundamentales de su población. Fue creada 31 de mayo de 1985 por la Asamblea Nacional Constituyente de ese año, convocada por el entonces Presidente de facto de la República de Guatemala, general Óscar Humberto Mejía Víctores, tras las elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente celebradas el 1 de julio de 1984. Dicha Carta Magna se hizo efectiva el 14 de enero de 1986.
Fue suspendida el 25 de mayo de 1993 por el entonces presidente de la República de Guatemala Jorge Antonio Serrano Elías; reinstaurada el 5 de junio de 1993 acto seguido del derrocamiento del presidente; enmendada en noviembre de 1993. Las reformas constitucionales de 1993 incluyeron un incremento en el número de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 9 a 13. Los períodos de cargo para presidente, vicepresidente, y diputados del Congreso de la República de Guatemala fueron reducidos de 5 a 4 años; para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 6 a 5 años, y se incrementaron los períodos de los alcaldes y concejos ciudadanos de 2 1/2 a 4 años.
El presidente y vicepresidente son elegidos directamente por medio de sufragio universal y están limitados a un período. Un vicepresidente puede ser candidato a presidente después de 4 años fuera del cargo, toda vez no haya ejercido el cargo de presidente por un tiempo mayor a un año. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son elegidos por el Congreso de la República de Guatemala de entre los integrantes de una lista enviada por los decanos de las Facultades de
Guatemala se encuentra dividida administrativamente en 22 Departamentos administrados por gobernadores designados por el presidente. La Ciudad de Guatemala y otras 339 municipalidades son gobernadas por alcaldes o concejos elegidos popularmente.
Respuesta:
No es otra ley más ni un documento histórico con mucho valor, es el parámetro máximo que regula la vida de todos los guatemaltecos, sus gobernadores, establece nuestros derechos y obligaciones, limita el poder, establece nuestra forma de gobierno y nos brinda garantías para hacer valer nuestros derechos.
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