Reglamento de Jornaleros, que estableció el mandamiento gracias a lo que el gobierno autorizó a los dueños de las grandes fincas que se formaron a dar salarios miserables a los campesinos indígenas que trabajaran para ellos
El Reglamento de Jornaleros o Decreto 177 de los gobiernos liberales de Guatemala fue emitido por el gobierno liberal del general Justo Rufino Barrios para garantizar el suministro de mozos colonos para las grandes fincas cafetaleras que se iniciaron con ese gobierno, luego de la promulgación del Decreto de Redención de Censos o Decreto 170 pocos meses antes, y que facilitó la expropiación de las tierras comunales de los indígenas.[1] Esta legislación liberal colocó a la población indígena guatemalteca prácticamente a la disposición de los intereses de los nuevos latifundistas cafetaleros, y los tradicionales conservadores - con la notable excepción del clero regular de la Iglesia Católica, el cual fue expulsado del país.[2] El decreto establecía que los indígenas quedaban obligados a trabajar en las fincas cuando los dueños de éstas los necesitaran y sin importar en donde se encontraran, y también quedaban bajo la tutela de las autoridades locales, quienes se encargaban de velar porque los contingentes de indígenas fueran enviados a las fincas.[
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Reglamento de Jornaleros, que estableció el mandamiento gracias a lo que el gobierno autorizó a los dueños de las grandes fincas que se formaron a dar salarios miserables a los campesinos indígenas que trabajaran para ellos
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El Reglamento de Jornaleros o Decreto 177 de los gobiernos liberales de Guatemala fue emitido por el gobierno liberal del general Justo Rufino Barrios para garantizar el suministro de mozos colonos para las grandes fincas cafetaleras que se iniciaron con ese gobierno, luego de la promulgación del Decreto de Redención de Censos o Decreto 170 pocos meses antes, y que facilitó la expropiación de las tierras comunales de los indígenas.[1] Esta legislación liberal colocó a la población indígena guatemalteca prácticamente a la disposición de los intereses de los nuevos latifundistas cafetaleros, y los tradicionales conservadores - con la notable excepción del clero regular de la Iglesia Católica, el cual fue expulsado del país.[2] El decreto establecía que los indígenas quedaban obligados a trabajar en las fincas cuando los dueños de éstas los necesitaran y sin importar en donde se encontraran, y también quedaban bajo la tutela de las autoridades locales, quienes se encargaban de velar porque los contingentes de indígenas fueran enviados a las fincas.[