El conocimiento de la organización del estado y sus demás componentes es de utilidad para poder tener una información básica sobre las características del Estado Colombiano, esto nos permitirá comprender con mayor facilidad la dinámica y el funcionamiento de las diferentes entidades que hacen parte de nuestro estado en cada uno de los niveles, a fin de que estos sean tenidos en cuenta en el desarrollo de funciones o actividades propias de los funcionarios, servidores o incluso para la ciudadanía en general que cada vez viene demostrando más interés en participar efectivamente de los asuntos públicos.
En el proceso de centralización se desarrolló desde la nación hacia las entidades territoriales, las cuales le otorgan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites que consagran la Constitución y la ley. De acuerdo con el artículo 286 de la Constitución Política son entidades territoriales: los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. Además, la ley podrá dar el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan.
Respuesta:
El conocimiento de la organización del estado y sus demás componentes es de utilidad para poder tener una información básica sobre las características del Estado Colombiano, esto nos permitirá comprender con mayor facilidad la dinámica y el funcionamiento de las diferentes entidades que hacen parte de nuestro estado en cada uno de los niveles, a fin de que estos sean tenidos en cuenta en el desarrollo de funciones o actividades propias de los funcionarios, servidores o incluso para la ciudadanía en general que cada vez viene demostrando más interés en participar efectivamente de los asuntos públicos.
En el proceso de centralización se desarrolló desde la nación hacia las entidades territoriales, las cuales le otorgan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites que consagran la Constitución y la ley. De acuerdo con el artículo 286 de la Constitución Política son entidades territoriales: los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. Además, la ley podrá dar el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan.
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