Entre las objeciones más importantes que se suelen imputar a la democracia directa se refiere a su practicidad y eficiencia. Decidir sobre todos o casi todos los temas de importancia pública mediante referéndum puede ser lento y costoso, y puede provocar en los ciudadanos apatía y fatiga.
la democracia debe estar sometida a limitaciones. La democracia es un método (la regla de la mayoría) para tomar decisiones dentro de una comunidad que comparte valores básicos, previos e independientes de este método. Son estos valores básicos los que determinan si las decisiones adoptadas son buenas o no, los que dan legitimidad a las decisiones de la mayoría. La democracia, dentro de este marco de valores básicos, es el mejor método de decisión y, sin duda, la forma más inteligente de retirar (y dar) poder a los Gobiernos. Pero la regla de la mayoría, por sí misma, no puede garantizar la bondad de las políticas adoptadas.
Sería erróneo pensar que el apoyo cívico masivo a la independencia está plenamente consolidado
De ahí que las sociedades civilizadas limiten de forma explícita, a través de normas constitucionales, el ámbito de actuación de sus Gobiernos y Parlamentos, y el uso que los mismos pueden hacer de la regla de la mayoría. Una Constitución es un documento escrito por hombres y mujeres. Por tanto recoge de forma imperfecta este conjunto de valores básicos. Pero el tiempo ha ido destilando principios, presentes en la mayoría de las Constituciones, con los que es difícil no estar de acuerdo; entre otros: el derecho a la privacidad y al secreto; la libertad de expresión, asociación y movimiento; la generalidad, igualdad y certidumbre de las leyes; el derecho a la propiedad, su transferencia por consenso y el cumplimiento de las promesas; la separación de poderes y la limitación de las competencias que pueden ostentar tribunales, cuerpos legislativos y Administraciones. Un conjunto de principios cuyo fin último es proteger la libertad del individuo.
Centrándome en el último de estos principios, es evidente que la convocatoria de un referéndum para la independencia por parte del Gobierno catalán excedería con mucho a sus atribuciones legales. Hacer más de lo que uno debe podría parecer una falta dispensable cuando se hace en nombre de la democracia y al servicio de la búsqueda de la opinión mayoritaria de los catalanes. Sin embargo, la violación del Estado de derecho por parte de una Administración desmorona las bases en las que se asienta la convivencia social, introduce inseguridad jurídica y puede coartar, por tanto, la libertad individual. Entiendo que el señor Mas, que no admite un referéndum ilegal, comparte esta evaluación.
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Entre las objeciones más importantes que se suelen imputar a la democracia directa se refiere a su practicidad y eficiencia. Decidir sobre todos o casi todos los temas de importancia pública mediante referéndum puede ser lento y costoso, y puede provocar en los ciudadanos apatía y fatiga.
la democracia debe estar sometida a limitaciones. La democracia es un método (la regla de la mayoría) para tomar decisiones dentro de una comunidad que comparte valores básicos, previos e independientes de este método. Son estos valores básicos los que determinan si las decisiones adoptadas son buenas o no, los que dan legitimidad a las decisiones de la mayoría. La democracia, dentro de este marco de valores básicos, es el mejor método de decisión y, sin duda, la forma más inteligente de retirar (y dar) poder a los Gobiernos. Pero la regla de la mayoría, por sí misma, no puede garantizar la bondad de las políticas adoptadas.
Sería erróneo pensar que el apoyo cívico masivo a la independencia está plenamente consolidado
De ahí que las sociedades civilizadas limiten de forma explícita, a través de normas constitucionales, el ámbito de actuación de sus Gobiernos y Parlamentos, y el uso que los mismos pueden hacer de la regla de la mayoría. Una Constitución es un documento escrito por hombres y mujeres. Por tanto recoge de forma imperfecta este conjunto de valores básicos. Pero el tiempo ha ido destilando principios, presentes en la mayoría de las Constituciones, con los que es difícil no estar de acuerdo; entre otros: el derecho a la privacidad y al secreto; la libertad de expresión, asociación y movimiento; la generalidad, igualdad y certidumbre de las leyes; el derecho a la propiedad, su transferencia por consenso y el cumplimiento de las promesas; la separación de poderes y la limitación de las competencias que pueden ostentar tribunales, cuerpos legislativos y Administraciones. Un conjunto de principios cuyo fin último es proteger la libertad del individuo.
Centrándome en el último de estos principios, es evidente que la convocatoria de un referéndum para la independencia por parte del Gobierno catalán excedería con mucho a sus atribuciones legales. Hacer más de lo que uno debe podría parecer una falta dispensable cuando se hace en nombre de la democracia y al servicio de la búsqueda de la opinión mayoritaria de los catalanes. Sin embargo, la violación del Estado de derecho por parte de una Administración desmorona las bases en las que se asienta la convivencia social, introduce inseguridad jurídica y puede coartar, por tanto, la libertad individual. Entiendo que el señor Mas, que no admite un referéndum ilegal, comparte esta evaluación.