En las fronteras marítimas no se registran situaciones confictivas ?
Pankekeslove
En octubre de 2009, el Consejo Europeo invitó a la Comisión a presentar propuestas que establecieran «procedimientos operativos comunes claros con reglas de intervención claras en relación con las operaciones marítimas conjuntas y prestando la debida atención a la protección de la seguridad de los necesitados que viajan en flujos mixtos, con arreglo al Derecho internacional»[2]. Esto volvió a confirmarse en el Programa de Estocolmo de diciembre de 2009, en que el Consejo Europeo instaba a la Comisión a presentar propuestas como muy tarde en 2010 para clarificar y reforzar las funciones de la Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (en lo sucesivo, «la Agencia») y preparar «normas claras respecto de la participación en operaciones conjuntas por mar, prestando debida atención a que se garantice la protección de las personas necesitadas que viajan en flujos mixtos, con arreglo al Derecho internacional»[3].