Respuesta:
PAGARÉ
NÚMERO LUGAR DE
EMISIÓN
FECHA DE EMISIÓN
SEGÚN CRONOGRAMA DE PAGO DE
CUOTAS QUE SE INDICA EN ESTE
PAGARÉ.
R.U.C. : TELÉFONO :
OFICINA NUMERO DE CUENTA
La suma materia de obligación contenida en el presente título será cancelada en la misma moneda antes expresada, según el
cronograma de pago de las cuotas que se incluye en el reverso de este Pagaré, con cargo en la cuenta que señalada en el
presente título.
EMITENTE :
DOMICILIO :
CLÁUSULAS ESPECIALES QUE RIGEN AL PRESENTE TÍTULO VALOR
PRIMERA.- EL VENCIMIENTO DEL PAGARÉ PODRÁ SER RENOVADO Y/O PRORROGADO POR SU TENEDOR AL CUMPLIMIENTO DEL
PLAZO ESTABLECIDO EN EL CRONOGRAMA, POR EL PLAZO QUE ÉSTE SEÑALE MEDIANTE ANOTACIÓN AL REVERSO DEL TÍTULO,
POR SU IMPORTE TOTAL O POR MENOR CANTIDAD, SIN QUE SEA NECESARIA INTERVENCIÓN DEL EMITENTE NI DEL(LOS)
OBLIGADOS(S) SOLIDARIO(S). EL TENEDOR QUEDA OBLIGADO A INFORMAR DE LAS PRÓRROGAS QUE CONCEDA, A SIMPLE
REQUERIMIENTO DE CUALQUIER OBLIGADO DE ESTE PAGARÉ.
SEGUNDA.- EL IMPORTE INDICADO EN EL PRESENTE TÍTULO GENERARÁ EL
POR CONCEPTO DE INTERÉS COMPENSATORIO A PARTIR DE SU FECHA DE EMISIÓN. A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE CADA
CUOTA, LA MORA SE PRODUCIRÁ SIN NECESIDAD DE REQUERIMIENTO ALGUNO Y GENERARÁ POR CONCEPTO DE INTERÉS
COMPENSATORIO Y MORATORIO, LAS TASAS DE ...... % TEA Y ...... % TEA, RESPECTIVAMENTE; ESTANDO EL TENEDOR
FACULTANDO A REAJUSTAR DICHAS TASAS SIN NECESIDAD DE RATIFICACIÓN NI CONFIRMACIÓN POSTERIOR DE(L) (LOS)
OBLIGADO(S). LAS TASAS DE INTERÉS COMPENSATORIA Y MORATORIA ANTES SEÑALADAS, ESTARÁN SUJETAS A VARIACIÓN Y
SERÁN LAS QUE DETERMINE EL BANCO SEGÚN SU TARIFARIO EN LA FECHA RESPECTIVA DE LIQUIDACIÓN Y PAGO.
CUARTA.- EL PRESENTE PAGARÉ NO REQUIERE SER PROTESTADO; SALVO EL PROTESTO POR FALTA DE PAGO DE CUALQUIERA
DE LAS CUOTAS CON LA FINALIDAD DE PRECLUIR SUS PLAZOS A QUE QUEDA FACULTADO EL TENEDOR, CONFORME A LO
ESTABLECIDO PARA TAL EFECTO POR LA LEY DE TÍTULOS VALORES.
F.OP-462-V01-GBDIF
TERCERA.- EL IMPORTE DE ESTE PAGARÉ Y/O DE SUS INTERESES Y COMISIONES QUE SE INDICAN, SERÁ CANCELADO EN
CUOTAS, CONFORME AL CRONOGRAMA DE PAGOS QUE SE INSERTA, LA FALTA DE PAGO DE UNA O MÁS CUOTAS EN LAS FECHAS
INDICADAS FACULTAN A SU TENEDOR A PROCEDER A LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE TÍTULO, PROCEDIENDO SU EJECUCIÓN POR
EL SÓLO MÉRITO DE HABER VENCIDO SU PLAZO Y NO HABER SIDO PRORROGADO.
Firma y sello del Emitente Firma y sello del Emitente
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QUINTO.- EL PROTESTO QUE EL TENEDOR DISPONGA, PODRÁ SER HECHO MEDIANTE NOTIFICACIÓN QUE SE CURSE AL DOMICILIO
DEL EMITENTE CONSIGNADO EN ESTE PAGARÉ O MEDIANTE LA FORMALIDAD SUSTITUTORIA DE LEY, SIENDO DE CARGO DEL
EMITENTE LOS RESPECTIVOS GASTOS Y COMISIONES. ESTE PAGARÉ ES DE NATURALEZA MERCANTIL, Y POR CONSIGUIENTE
ESTÁ SUJETO A LAS NORMAS DE LA LEY DE TÍTULOS VALORES Y AL PROCESO EJECUTIVO U OTRO PROCESO DEL CÓDIGO
PROCESAL CIVIL.
SEXTO.- EL EMISOR DEL TÍTULO VALOR SE SOMETE EXPRESAMENTE A LA COMPETENCIA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES DE ESTA
CIUDAD Y SEÑALANDO COMO DOMICILIO AQUÉL QUE APARECE INDICADO EN EL PAGARÉ, DONDE SE EFECTUARÁN LAS
DILIGENCIAS NOTARIALES, JUDICIALES Y DEMÁS QUE FUESEN NECESARIAS PARA LOS EFECTOS DEL PAGO.
Explicación paso a paso:
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
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PAGARÉ
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FECHA DE EMISIÓN
SEGÚN CRONOGRAMA DE PAGO DE
CUOTAS QUE SE INDICA EN ESTE
PAGARÉ.
R.U.C. : TELÉFONO :
OFICINA NUMERO DE CUENTA
La suma materia de obligación contenida en el presente título será cancelada en la misma moneda antes expresada, según el
cronograma de pago de las cuotas que se incluye en el reverso de este Pagaré, con cargo en la cuenta que señalada en el
presente título.
EMITENTE :
DOMICILIO :
CLÁUSULAS ESPECIALES QUE RIGEN AL PRESENTE TÍTULO VALOR
PRIMERA.- EL VENCIMIENTO DEL PAGARÉ PODRÁ SER RENOVADO Y/O PRORROGADO POR SU TENEDOR AL CUMPLIMIENTO DEL
PLAZO ESTABLECIDO EN EL CRONOGRAMA, POR EL PLAZO QUE ÉSTE SEÑALE MEDIANTE ANOTACIÓN AL REVERSO DEL TÍTULO,
POR SU IMPORTE TOTAL O POR MENOR CANTIDAD, SIN QUE SEA NECESARIA INTERVENCIÓN DEL EMITENTE NI DEL(LOS)
OBLIGADOS(S) SOLIDARIO(S). EL TENEDOR QUEDA OBLIGADO A INFORMAR DE LAS PRÓRROGAS QUE CONCEDA, A SIMPLE
REQUERIMIENTO DE CUALQUIER OBLIGADO DE ESTE PAGARÉ.
SEGUNDA.- EL IMPORTE INDICADO EN EL PRESENTE TÍTULO GENERARÁ EL
POR CONCEPTO DE INTERÉS COMPENSATORIO A PARTIR DE SU FECHA DE EMISIÓN. A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE CADA
CUOTA, LA MORA SE PRODUCIRÁ SIN NECESIDAD DE REQUERIMIENTO ALGUNO Y GENERARÁ POR CONCEPTO DE INTERÉS
COMPENSATORIO Y MORATORIO, LAS TASAS DE ...... % TEA Y ...... % TEA, RESPECTIVAMENTE; ESTANDO EL TENEDOR
FACULTANDO A REAJUSTAR DICHAS TASAS SIN NECESIDAD DE RATIFICACIÓN NI CONFIRMACIÓN POSTERIOR DE(L) (LOS)
OBLIGADO(S). LAS TASAS DE INTERÉS COMPENSATORIA Y MORATORIA ANTES SEÑALADAS, ESTARÁN SUJETAS A VARIACIÓN Y
SERÁN LAS QUE DETERMINE EL BANCO SEGÚN SU TARIFARIO EN LA FECHA RESPECTIVA DE LIQUIDACIÓN Y PAGO.
CUARTA.- EL PRESENTE PAGARÉ NO REQUIERE SER PROTESTADO; SALVO EL PROTESTO POR FALTA DE PAGO DE CUALQUIERA
DE LAS CUOTAS CON LA FINALIDAD DE PRECLUIR SUS PLAZOS A QUE QUEDA FACULTADO EL TENEDOR, CONFORME A LO
ESTABLECIDO PARA TAL EFECTO POR LA LEY DE TÍTULOS VALORES.
F.OP-462-V01-GBDIF
TERCERA.- EL IMPORTE DE ESTE PAGARÉ Y/O DE SUS INTERESES Y COMISIONES QUE SE INDICAN, SERÁ CANCELADO EN
CUOTAS, CONFORME AL CRONOGRAMA DE PAGOS QUE SE INSERTA, LA FALTA DE PAGO DE UNA O MÁS CUOTAS EN LAS FECHAS
INDICADAS FACULTAN A SU TENEDOR A PROCEDER A LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE TÍTULO, PROCEDIENDO SU EJECUCIÓN POR
EL SÓLO MÉRITO DE HABER VENCIDO SU PLAZO Y NO HABER SIDO PRORROGADO.
Firma y sello del Emitente Firma y sello del Emitente
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QUINTO.- EL PROTESTO QUE EL TENEDOR DISPONGA, PODRÁ SER HECHO MEDIANTE NOTIFICACIÓN QUE SE CURSE AL DOMICILIO
DEL EMITENTE CONSIGNADO EN ESTE PAGARÉ O MEDIANTE LA FORMALIDAD SUSTITUTORIA DE LEY, SIENDO DE CARGO DEL
EMITENTE LOS RESPECTIVOS GASTOS Y COMISIONES. ESTE PAGARÉ ES DE NATURALEZA MERCANTIL, Y POR CONSIGUIENTE
ESTÁ SUJETO A LAS NORMAS DE LA LEY DE TÍTULOS VALORES Y AL PROCESO EJECUTIVO U OTRO PROCESO DEL CÓDIGO
PROCESAL CIVIL.
SEXTO.- EL EMISOR DEL TÍTULO VALOR SE SOMETE EXPRESAMENTE A LA COMPETENCIA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES DE ESTA
CIUDAD Y SEÑALANDO COMO DOMICILIO AQUÉL QUE APARECE INDICADO EN EL PAGARÉ, DONDE SE EFECTUARÁN LAS
DILIGENCIAS NOTARIALES, JUDICIALES Y DEMÁS QUE FUESEN NECESARIAS PARA LOS EFECTOS DEL PAGO.
Explicación paso a paso: