1. El aprovechamiento principal que se hace del río es la generación de energía hidroeléctrica, por medio de la represa Salto Grande (propiedad de Uruguay y Argentina), que se encuentra localizada cerca de lo que previamente era el salto que llevaba ese mismo nombre.
2. Argentina y Uruguay mantuvieron entre 2005 y 2010 un conflicto debido a la autorización del gobierno uruguayo para construir dos plantas de pasta de celulosa en su territorio y sobre las aguas binacionales del río Uruguay, cerca de las poblaciones uruguaya de Fray Bentos y argentina de Gualeguaychú. En 2013 el conflicto reapareció debido a la autorización del gobierno uruguayo para aumentar la producciónEn el curso del conflicto, se dejó sin efecto la construcción de una de las dos plantas, la proyectada por la empresa española ENCE, que decidió retirarse de Uruguay y vender sus activos forestales a la empresa chilena Arauco y a la sueco-finlandesa Stora Enso. La otra planta, proyectada por la empresa finlandesa Metsa-Botnia (luego transferida a la empresa UPM-Kymmene, también finlandesa) fue finalmente construida durante el conflicto y puesta en marcha el 8 de noviembre de 2007.
Pobladores argentinos de la ciudad de Gualeguaychú y organizaciones ambientalistas se movilizaron contra la instalación de las plantas sobre el río Uruguay, incluyendo en sus acciones el corte de rutas y el puente internacional Libertador General San Martín, que comunica ambos países.
Argentina demandó a Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia argumentando que la instalación de las plantas de celulosa es contaminante y se había violado el procedimiento establecido en el Estatuto del Río Uruguay. Por su parte, Uruguay demandó a Argentina ante el sistema de solución de controversias del Mercosur y la Corte Internacional de Justicia, argumentando en el primer caso que los cortes de ruta constituyen una violación al principio de libre circulación, y en el segundo caso, que los mismos son tolerados y utilizados por el gobierno argentino para presionar al gobierno uruguayo en las negociaciones referidas a la instalación de las plantas de celulosa.
Las dos demandas uruguayas fueron desestimadas por los tribunales respectivos. Sobre la demanda argentina, la Corte Internacional de Justicia dictó fallo definitivo el 20 de abril de 2010, resolviendo que Uruguay violó sus obligaciones procesales establecidas por el Estatuto del Río Uruguay de notificar e informar de buena fe[1] pero, si bien Argentina pudo demostrar que algunos parámetros de contaminación de las aguas del río se habían elevado desde la puesta en marcha de la pastera, falló en probar que la planta de celulosa era la causante y no otros factores ajenos a ella, por lo que la Corte entendió que Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación ambiental, por lo que consideró que resultaba desproporcionado ordenar el cierre de la planta de Botnia, pero instruyó a ambos países a realizar un monitoreo en conjunto del río, a través de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) y aplicando el Estatuto del Río Uruguay.[2]
El conflicto finalizó tras la firma, el 30 de agosto de 2010 en Montevideo, de un acuerdo para conformar un Comité Científico en el seno de la Comisión Administradora del Río Uruguay.
El 2 de octubre de 2013 Argentina anunció que volvería a demandar al Uruguay a causa de la decisión del presidente de este último país de autorizar a la planta de celulosa ubicada en Fray Bentos a aumentar su producción en un 10%.[1]
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1. El aprovechamiento principal que se hace del río es la generación de energía hidroeléctrica, por medio de la represa Salto Grande (propiedad de Uruguay y Argentina), que se encuentra localizada cerca de lo que previamente era el salto que llevaba ese mismo nombre.
Afluentes: Negro (750 km), Canoas (570 km), Pelotas (437 km), Cuareim (351 km), ...
Desembocadura: Río de la Plata
Cuenca: Cuenca del Plata
Longitud: Solo, 1779 km; Uruguay-Canoas, 2340 km
2. Argentina y Uruguay mantuvieron entre 2005 y 2010 un conflicto debido a la autorización del gobierno uruguayo para construir dos plantas de pasta de celulosa en su territorio y sobre las aguas binacionales del río Uruguay, cerca de las poblaciones uruguaya de Fray Bentos y argentina de Gualeguaychú. En 2013 el conflicto reapareció debido a la autorización del gobierno uruguayo para aumentar la producciónEn el curso del conflicto, se dejó sin efecto la construcción de una de las dos plantas, la proyectada por la empresa española ENCE, que decidió retirarse de Uruguay y vender sus activos forestales a la empresa chilena Arauco y a la sueco-finlandesa Stora Enso. La otra planta, proyectada por la empresa finlandesa Metsa-Botnia (luego transferida a la empresa UPM-Kymmene, también finlandesa) fue finalmente construida durante el conflicto y puesta en marcha el 8 de noviembre de 2007.
Pobladores argentinos de la ciudad de Gualeguaychú y organizaciones ambientalistas se movilizaron contra la instalación de las plantas sobre el río Uruguay, incluyendo en sus acciones el corte de rutas y el puente internacional Libertador General San Martín, que comunica ambos países.
Argentina demandó a Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia argumentando que la instalación de las plantas de celulosa es contaminante y se había violado el procedimiento establecido en el Estatuto del Río Uruguay. Por su parte, Uruguay demandó a Argentina ante el sistema de solución de controversias del Mercosur y la Corte Internacional de Justicia, argumentando en el primer caso que los cortes de ruta constituyen una violación al principio de libre circulación, y en el segundo caso, que los mismos son tolerados y utilizados por el gobierno argentino para presionar al gobierno uruguayo en las negociaciones referidas a la instalación de las plantas de celulosa.
Las dos demandas uruguayas fueron desestimadas por los tribunales respectivos. Sobre la demanda argentina, la Corte Internacional de Justicia dictó fallo definitivo el 20 de abril de 2010, resolviendo que Uruguay violó sus obligaciones procesales establecidas por el Estatuto del Río Uruguay de notificar e informar de buena fe[1] pero, si bien Argentina pudo demostrar que algunos parámetros de contaminación de las aguas del río se habían elevado desde la puesta en marcha de la pastera, falló en probar que la planta de celulosa era la causante y no otros factores ajenos a ella, por lo que la Corte entendió que Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación ambiental, por lo que consideró que resultaba desproporcionado ordenar el cierre de la planta de Botnia, pero instruyó a ambos países a realizar un monitoreo en conjunto del río, a través de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) y aplicando el Estatuto del Río Uruguay.[2]
El conflicto finalizó tras la firma, el 30 de agosto de 2010 en Montevideo, de un acuerdo para conformar un Comité Científico en el seno de la Comisión Administradora del Río Uruguay.
El 2 de octubre de 2013 Argentina anunció que volvería a demandar al Uruguay a causa de la decisión del presidente de este último país de autorizar a la planta de celulosa ubicada en Fray Bentos a aumentar su producción en un 10%.[1]