Cuáles son las causas de un conflicto territorial Qué consecuencias tienen los conflictos territoriales qué significó para nuestro país tener conflictos territoriales ayuda es para hoy
La habilitación de fórmulas que contribuyan a reducir cuantitativamente y mitigar cualitativamente la virulencia de los conflictos de carácter territorial, en particular en la España autonómica, es un reto continuo que se ha afrontado desde distintas perspectivas. La ahora desarrollada se centrará en explorar las posibilidades que pueden derivarse de las estrategias compartidas por actuaciones de mediación, arbitraje o conciliación.
El trabajo rastrea, desde una referencia al constitucionalismo global, la esencia y peculiaridad de los conflictos territoriales, la peculiaridad de los conflictos territoriales y las posibilidades a explorar para su solución con carácter previo a la judicialización de los mismos.
Una mención especial se referenciará a las experiencias de apertura directa a los ciudadanos de canales de participación integrados en los mecanismos negociadores y decisorios.
Finalmente, y sin aspirar a formular conclusiones irrebatibles derivadas de las anteriores premisas y sin tratar de abrazar ningún sofisma que llevase a pensar que lo aquí postulado va a suplir la resolución judicial de conflictos territoriales, se esbozarán unas pautas que pudieran ser de utilidad para mitigar el número de conflictos territoriales, así como la virulencia de los mismos, especialmente los que se generan en países democráticos y constitucionales, en particular los acaecidos en España.
Este trabajo es el primer peldaño de un proyecto más amplio que busca articular un estudio comparado de mecanismos para y prejudiciales en aras a la resolución de los conflictos territoriales. En particular, se centrará en estrategias integradas en las relaciones intergubernamentales, en los cauces habilitados por una fuente normativa de crucial importancia –las Constituciones de los Estados federados o los Estatutos de autonomía– y en fórmulas con gran atractivo mediático, pero de eficacia pendiente de probar como son las convenciones constitucionales, mecanismo de apertura de la reforma constitucional a la participación directa de los ciudadanos. Siendo nuestro objetivo fundamental contribuir a afrontar los conflictos territoriales desarrollados en España, no obviaremos puntuales referencias a otros Estados.
2. UN CONTEXTO CONSTITUCIONAL GLOBAL
La necesidad de incorporar un prisma global a cualquiera de las soluciones que se ideen a los problemas territoriales es un prius del que hemos de partir inexorablemente.
El rápido crecimiento de complejas interconexiones, interdependencias, e interrelaciones entre Estados y sociedades, sobre todo a partir de la caída del muro de Berlín en 1989 y la posterior desaparición de la URS).
1.RESPUESTA: Causas de los conflictos territoriales
Geográficas. ...
Políticas. ...
Económicas. ...
Ideológicos. ...
Étnicos. ...
Religiosas. ...
Económicas. ...
Políticas y geográficas.
2.RESPUESTA: Causas
Desacuerdos
Religión
Desplazamientos
3.RESPUESTA:Existe conflicto o controversia5 con implicaciones territoriales cuando se producen desacuerdos entre dos o más sujetos de Derecho sobre cuestiones jurídicas y/o políticas enfrentando de este modo los distintos intereses o pretensiones de los sujetos implicados, generalmente los Estados o territorios dentro de un mismo Estado.
Observamos una doble tipología de controversias, jurídicas y políticas, sin embargo, lo común es que ambas esferas se encuentren relacionadas y debamos hablar del carácter mixto de los conflictos:
Las controversias jurídicas son aquellas que pueden ser resueltas mediante la aplicación del Derecho vigente: la interpretación de un Tratado, de una Constitución o Estatuto. Se refiere a hechos que constituyan la violación de un Derecho nacional o Internacional y a las preceptivas reparaciones por el quebrantamiento de una obligación jurídica.
Las controversias políticas son aquellas cuya solución requiere una modificación en la aplicación del Derecho en vigor o de la interpretación del mismo. Un ejemplo de este tipo de controversias puede ser aquella que deriva de disputas motivadas por la seguridad, el régimen o sistema de gobierno, su organización o su legitimación.
Varios factores, internos y externos afectan al desarrollo del conflicto: los sujetos enfrentados, sus relaciones, la naturaleza del problema, la circunstancia ambiental, la historia conflictual, etc. Ello, a su vez, condicionará la estrategia que se ha de seguir a la hora de resolver el mismo: evitación, colaboración o enfrentamiento; y los medios o sistemas de resolución de conflicto que van a ser utilizados, su carácter político o jurídico: negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, arreglo judicial, integración de nuevos sujetos. En todo caso, dos son los principios que han de operar ante la existencia de conflicto: la solución pacífica de los conflictos6 y la libertad de elección de medios para llegar al arreglo. De ambos pende la eficacia del proceso.
Respuesta
RESUMEN:
La habilitación de fórmulas que contribuyan a reducir cuantitativamente y mitigar cualitativamente la virulencia de los conflictos de carácter territorial, en particular en la España autonómica, es un reto continuo que se ha afrontado desde distintas perspectivas. La ahora desarrollada se centrará en explorar las posibilidades que pueden derivarse de las estrategias compartidas por actuaciones de mediación, arbitraje o conciliación.
El trabajo rastrea, desde una referencia al constitucionalismo global, la esencia y peculiaridad de los conflictos territoriales, la peculiaridad de los conflictos territoriales y las posibilidades a explorar para su solución con carácter previo a la judicialización de los mismos.
Una mención especial se referenciará a las experiencias de apertura directa a los ciudadanos de canales de participación integrados en los mecanismos negociadores y decisorios.
Palabras clave:
Conflictos territoriales, mediación, arbitraje, conciliación, convenciones territoriales.
Finalmente, y sin aspirar a formular conclusiones irrebatibles derivadas de las anteriores premisas y sin tratar de abrazar ningún sofisma que llevase a pensar que lo aquí postulado va a suplir la resolución judicial de conflictos territoriales, se esbozarán unas pautas que pudieran ser de utilidad para mitigar el número de conflictos territoriales, así como la virulencia de los mismos, especialmente los que se generan en países democráticos y constitucionales, en particular los acaecidos en España.
Este trabajo es el primer peldaño de un proyecto más amplio que busca articular un estudio comparado de mecanismos para y prejudiciales en aras a la resolución de los conflictos territoriales. En particular, se centrará en estrategias integradas en las relaciones intergubernamentales, en los cauces habilitados por una fuente normativa de crucial importancia –las Constituciones de los Estados federados o los Estatutos de autonomía– y en fórmulas con gran atractivo mediático, pero de eficacia pendiente de probar como son las convenciones constitucionales, mecanismo de apertura de la reforma constitucional a la participación directa de los ciudadanos. Siendo nuestro objetivo fundamental contribuir a afrontar los conflictos territoriales desarrollados en España, no obviaremos puntuales referencias a otros Estados.
2. UN CONTEXTO CONSTITUCIONAL GLOBAL
La necesidad de incorporar un prisma global a cualquiera de las soluciones que se ideen a los problemas territoriales es un prius del que hemos de partir inexorablemente.
El rápido crecimiento de complejas interconexiones, interdependencias, e interrelaciones entre Estados y sociedades, sobre todo a partir de la caída del muro de Berlín en 1989 y la posterior desaparición de la URS).
Verified answer
Respuesta:
1.RESPUESTA: Causas de los conflictos territoriales
Geográficas. ...
Políticas. ...
Económicas. ...
Ideológicos. ...
Étnicos. ...
Religiosas. ...
Económicas. ...
Políticas y geográficas.
2.RESPUESTA: Causas
Desacuerdos
Religión
Desplazamientos
3.RESPUESTA:Existe conflicto o controversia5 con implicaciones territoriales cuando se producen desacuerdos entre dos o más sujetos de Derecho sobre cuestiones jurídicas y/o políticas enfrentando de este modo los distintos intereses o pretensiones de los sujetos implicados, generalmente los Estados o territorios dentro de un mismo Estado.
Observamos una doble tipología de controversias, jurídicas y políticas, sin embargo, lo común es que ambas esferas se encuentren relacionadas y debamos hablar del carácter mixto de los conflictos:
Las controversias jurídicas son aquellas que pueden ser resueltas mediante la aplicación del Derecho vigente: la interpretación de un Tratado, de una Constitución o Estatuto. Se refiere a hechos que constituyan la violación de un Derecho nacional o Internacional y a las preceptivas reparaciones por el quebrantamiento de una obligación jurídica.
Las controversias políticas son aquellas cuya solución requiere una modificación en la aplicación del Derecho en vigor o de la interpretación del mismo. Un ejemplo de este tipo de controversias puede ser aquella que deriva de disputas motivadas por la seguridad, el régimen o sistema de gobierno, su organización o su legitimación.
Varios factores, internos y externos afectan al desarrollo del conflicto: los sujetos enfrentados, sus relaciones, la naturaleza del problema, la circunstancia ambiental, la historia conflictual, etc. Ello, a su vez, condicionará la estrategia que se ha de seguir a la hora de resolver el mismo: evitación, colaboración o enfrentamiento; y los medios o sistemas de resolución de conflicto que van a ser utilizados, su carácter político o jurídico: negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, arreglo judicial, integración de nuevos sujetos. En todo caso, dos son los principios que han de operar ante la existencia de conflicto: la solución pacífica de los conflictos6 y la libertad de elección de medios para llegar al arreglo. De ambos pende la eficacia del proceso.
Explicación:Espero te sirva