El reconocimiento del derecho a la independencia y autonomía es uno de los grandes pilares de la CIDHPM, la cual no sólo identifica los conceptos como un derecho (art. 7), si no además, los erige a la categoría de principios, según se lee en su art. 3, letra c (dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor), sin perjuicio de estar presentes también en los art. 12 y 22. Si bien se trata de términos interdependientes, cada uno tiene un contenido normativo propio: la autonomía –dimensión personal- es la capacidad de ejercer la libertad de elección y el control sobre las decisiones de la vida
Respuesta:
Independencia y autonomía
El reconocimiento del derecho a la independencia y autonomía es uno de los grandes pilares de la CIDHPM, la cual no sólo identifica los conceptos como un derecho (art. 7), si no además, los erige a la categoría de principios, según se lee en su art. 3, letra c (dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor), sin perjuicio de estar presentes también en los art. 12 y 22. Si bien se trata de términos interdependientes, cada uno tiene un contenido normativo propio: la autonomía –dimensión personal- es la capacidad de ejercer la libertad de elección y el control sobre las decisiones de la vida