La legislación colombiana* enseña que es EMPRESA “toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana”.
Además, la ley contempla la siguiente clasificación de empresas, la cual se basa en unos parámetros:
Microempresa:
Es aquella que cuenta con:
Una planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores.Activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Pequeña empresa:
La pequeña empresa es aquella que cuenta con:
Una planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores.Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Mediana Empresa:
Cuenta con:
Una planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores.Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) y treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Es importante tener en cuenta que:
Para la clasificación de las empresas que combinen el número de trabajadores y el valor de los activos totales, prevalece el valor de los activos totales. Por ejemplo, un empresario tiene una empresa con 9 trabajadores y sus activos totales ascienden a 550 salarios mínimos, por lo tanto tendrá una pequeña empresa y no una microempresa.
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yudiil
Tradicionalmente las empresas se clasifican según su tamaño en pequeñas, medianas y grandes. Como ya sabemos, al conjunto de las dos primeras se le denomina de forma abreviada pymes (pequeñas y medianas empresas). Además, últimamente se les ha sumado a estos tres grupos un cuarto: las microempresas, que también se incluyen en las pymes. El hecho de que una empresa se encuadre en uno de estos cuatro grupos es bastante importante ya que, por ejemplo, existen muchas subvenciones públicas para las pymes de las que no pueden disfrutar las empresas de mayor tamaño y para que una empresa pueda acogerse a ellas debe demostrar su condición de pyme. Existen varios criterios para realizar esta clasificación
La legislación colombiana* enseña que es EMPRESA “toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana”.
Además, la ley contempla la siguiente clasificación de empresas, la cual se basa en unos parámetros:
Microempresa:Es aquella que cuenta con:
Una planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores.Activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Pequeña empresa:La pequeña empresa es aquella que cuenta con:
Una planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores.Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Mediana Empresa:Cuenta con:
Una planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores.Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) y treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.Es importante tener en cuenta que:Para la clasificación de las empresas que combinen el número de trabajadores y el valor de los activos totales, prevalece el valor de los activos totales. Por ejemplo, un empresario tiene una empresa con 9 trabajadores y sus activos totales ascienden a 550 salarios mínimos, por lo tanto tendrá una pequeña empresa y no una microempresa.