Artículo 54. Amonestación. La medida de amonestación consiste en la conminación a los padres o a las personas responsables del cuidado del niño, niña o adolescente sobre el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden o que la ley les impone.
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soffyUwUo
ten un helado como compensación <(uwu) >:))))
soffyUwUo
f, no aparecen los emojis :(, lo siento, no pude darte el helado ;-;
Respuesta:
la pubertad todos lo tenemos la nenas y el nene denada :) :3
Respuesta:
Amonestación
Explicación:
Artículo 54. Amonestación. La medida de amonestación consiste en la conminación a los padres o a las personas responsables del cuidado del niño, niña o adolescente sobre el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden o que la ley les impone.