Respuesta:
Artículo 7°.
La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.
Explicación:
corona porfa :)
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
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Artículo 7°.
La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.
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corona porfa :)